"La Sala II de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal resuelve: (...) II. Por unanimidad, absolver a la nombrada en orden al delito de resistencia a la autoridad por el que resultó condenada. III. Por mayoría, absolver a la imputada respecto del delito de lesiones leves por el que también resultó condenada", finaliza el fallo que dictaron días atrás los jueces jueces Horacio Días, Eugenio Sarrabayrouse y Daniel Morín.

De esta forma los camaristas revocaron la sentencia condenatoria que en primera instancia resolvió el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 26 de Capital Federal, en el que la olavarriense Marian Gómez fue condenada por resistirse a ser aprehendida y, en este proceso, arrancarle un mechón de pelos a una policía.

El fallo que fue resuelto el último miércoles presenta argumentos técnicos divididos entre los magistrados en torno al delito de lesiones contra la efectivo policial que actúo en la aprehensión de Gómez. Sin embargo, fue unánime en cuanto al delito de resistencia a la autoridad. Fue el juez Días quien aportó los principales argumentos que expusieron la discriminación selectiva de la que fueran víctimas Marian Gómez y su esposa, Rocío Girat, situación que tornó ilegítimo el accionar policial y legítima la defensa intentada por la joven absuelta.

Cuando la olavarriense fue demorada, el 2 de octubre de 2017, la razón del procedimiento por parte de los efectivos que se desempeñaron fue que fumaba en un lugar donde no estaba permitido. Esta situación fue el puntapié de una violenta discusión, donde el policía habría mantenido una conducta discriminatoria contra Gómez. Tal es así que poco después de que se conociera este episodio, se convocaron marchas y "bezasos" a modo de apoyo hacia la pareja.

Tal es así que en una parte del fallo el juez Días refiere que "el caso se completa con contornos lastimosos, que incluyen sospechas de un accionar selectivo, visto por las destinatarias como una represalia por su identidad de género, al exigirles sólo a ellas el cumplimiento de reglas de convivencia en condiciones de desigualdad con el resto, a lo que luego se le añadieron imputaciones de un trato indigno y discriminatorio por parte de Rojo, a quien le atribuyen negar la condición de mujer a una persona por motivo de su elección sexual, su forma de vestir y su manera de llevar el pelo. Y de colofón, un ejercicio de la fuerza totalmente desproporcionado, innecesario, verdaderamente excesivo para los fines perseguidos".