La misma fijó en $ 16,20 por unidad el de valor rótulos de seguridad para asignar a semilla fiscalizada; y en $ 1,80 el de las estampillas para asignar a semilla fiscalizada.

Asimismo, determinó para el caso del rótulo oficial para la semilla de clase fiscalizada, discriminando por especies o grupos de especies y certificada por kilogramo, el valor por unidad de $ 0,17 para cereales y oleaginosas, no híbridos; en $ 0,19 para soja y legumbres; y en $ 0,65 para alfalfa y hortalizas.

Además, estableció para las semillas híbridas un valor por kilogramo de $ 3,26 para el girasol; de $ 3 para el maíz; de $ 0,76 para el sorgo granífero y de $ 0,50 para el sorgo forrajero.

También fijó en $ 1,3 por kilo el valor del rótulo oficial para la semilla de categoría básica, certificada o híbrida producida bajo los sistemas de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) o de la Asociación de Agencias Oficiales de Certificación de Semillas (AOSCA), o con destino exclusivo de exportación al Mercosur.

El Instituto podrá bonificar con hasta un 20% sobre los valores de los hologramas y rótulos oficiales, cuando éstos sean entregados en las dependencias o lugares habilitados del interior del país. Télam