¿Cuáles son los requisitos para inscribirse en los créditos Procrear?
El Ministerio de Desarrollo Territorial abre desde este viernes la inscripción a dos líneas de créditos hipotecarios del Programa Crédito Argentino (Procrear), destinadas a la ampliación y a la construcción de viviendas, en el marco de la nueva etapa de programa.
Las líneas son la denominada Construcción, que está destinada a la edificación de viviendas de hasta 90 metros cuadrados en lotes del programa Procrear, municipal o propio; y Ampliación, para prolongaciones de hasta 30 metros cuadrados en viviendas existentes. La inscripción se realiza desde la página web del programa argentina.gob.ar/procrear.
En la línea para construcción, tras la etapa de inscripción se sortearán 30.000 créditos de hasta $ 3.500.000. En tanto, para ampliación el cupo es de 2.000 créditos de hasta $1.500.000.
En ambos casos, los créditos se ajustarán por la Fórmula Hogar, que reemplaza a la actualización por unidades de valor adquisitivo (UVA) y toma como referencia la evolución de los salarios, con un tope del 2% del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER).
Los requisitos
Entre los requisitos, el ingreso familiar de los aspirantes no podrá superar el equivalente a ocho veces el salario mínimo, vital y móvil, es decir $135.000, y para la línea construcción no se deberá ser propietario ni copropietario de una vivienda.
Tanto el participante como el cotitular deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser argentino, natural o por opción, o extranjero con residencia permanente.
- Tener Documento Nacional de Identidad vigente.
- El grupo familiar deberá contar con ingresos provenientes de trabajos formales, Jubilaciones y/o Pensiones. La suma de los ingresos del grupo familiar en forma mensual netos deberán estar en el rango de dos (2) y ocho (8) salarios mínimo vital y móvil (SMVyM) al momento de la inscripción, es decir entre $ 33.750 y $ 135.000.
- Tener entre 18 y 64 años de edad al momento de la inscripción.
La inscripción para quienes quieras acceder a estas líneas de crédito se realizará a través de la página web del ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat.
Plazas y tasas
Entre las condiciones financieras quedó establecido que los préstamos de Ampliación tendrán un plazo de hasta 180 meses para ser devueltos y los de Construcción, 360 meses. Ambos, con una tasa fija con capital ajustable según el coeficiente Hog.AR que toma en cuenta la variación salarial.
La tasa de interés aplicable se va a determinar en función al segmento de ingreso del que forme parte el beneficiario, ya que el programa plantea cuatro segmentos de ingresos que van desde los dos hasta los ocho salarios mínimos vital y móvil.
En ambas líneas, los créditos se van a formalizar a través del servicio de banca por internet de Banco Hipotecario, que actúa como Fiduciario del Fideicomiso Procrear, y los fondos correspondientes al crédito se van a depositar en una caja de ahorro de titularidad del beneficiario abierta en esa entidad bancaria.
Mejoramientos y Ampliación: en esta línea del programa, la ampliación máxima admitida es de 30 metros cuadrados. La vivienda con la ampliación no podrá computar una superficie mayor a 90 metros cuadrados Y el plazo máximo de obra es de 9 meses.
Construcción: para acceder a estos préstamos es condición necesaria ser propietario de un lote que según la normativa urbanística local permita la construcción de una vivienda familiar. La escrituración de ese lote debe tener una fecha previa al 4 de agosto de este año. El terreno sobre el que se asienten las obras debe ser del titular del solicitante o de su cónyuge o concubino/a. Se admitirán terrenos de titularidad dominial de los padres o hijo de alguno de los solicitantes, en tanto en el mismo se encuentre ya construida una vivienda.
En esta línea, los beneficiarios van a recibir un anticipo correspondiente al 40% del monto total. Luego un primer desembolso del 30% contra el avance de obra y un segundo desembolso de otro 30% bajo la misma modalidad. El plazo máximo de obra es de doce meses, contados a partir del depósito del anticipo. (DIB) FD