A través de las resoluciones 114 y 115/2020 de la Secretaría de Comercio Interior publicadas este viernes en el Boletín Oficial, se estableció para todos los agentes económicos que conforman la cadena de producción, distribución y comercialización, la retrocesión transitoria de los precios de venta del termómetro corporal de contacto, y del barbijo no quirúrgico o de una capa, a los valores vigentes al 6 de marzo.

Además, los precios de los productos deberán ser exhibidos de forma destacada en la comercialización.

Asimismo, se limitó la comercialización de los barbijos tipo N95 o quirúrgico o tricapa, exclusivamente para aquellas personas que acrediten mediante documentación fehaciente su condición de profesional o personal del servicio de la salud, y a las personas jurídicas que tengan por objeto la prestación del mismo servicio.

  • Al mismo tiempo, Comercio Interior determinó los precios de referencia para el público de las distintas presentaciones de alcohol en gel que serán de $ 110 para el envase de 60 mililitros; de $ 115 para el de 65 ml; de $ 160 para el de 100 ml; de $ 250 para el de 250 mil; de $ 315 para el de 500 ml y de $ 500 para el de 1.000 ml.