¿Qué sucede si no justificas tu ausencia en las elecciones?
La participación en las elecciones nacionales es obligatoria para las personas entre 18 y 70 años, tanto en las primarias de este domingo como en las generales previstas para octubre. Quienes no asistan deberán pagar una multa si no justifican su inasistencia.
La Dirección Nacional Electoral (DNE) hizo hincapié en que aquellos ciudadanos que no participaron en las elecciones anteriores podrán votar sin problemas en las próximas primarias, simultáneas y obligatorias (PASO). Además, se sugiere a los electores que lleguen temprano a los centros de votación.
La participación en las elecciones nacionales es obligatoria para las personas entre 18 y 70 años, tanto en las primarias de este domingo como en las generales previstas para octubre. Esto significa que todos los ciudadanos en ese rango de edad deben acudir a las urnas y emitir su voto.
Esta medida busca fomentar la participación ciudadana y garantizar la representatividad en el proceso electoral. Sin embargo, es importante mencionar que existen excepciones y casos en los que se puede justificar la no asistencia a las elecciones, como enfermedad, embarazo o vivir a más de 500 kilómetros del lugar de votación.
En tanto, las personas que no asistan el domingo a votar quedarán inscriptas en el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar y deberán pagar una multa si no justifican su inasistencia ante la secretaría electoral de cada jurisdicción.
Además, no podrá ser designada o designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección; y quien no pague la multa no podrá realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año.
Las personas que no voten en las PASO tienen la oportunidad de ejercer su derecho y cumplir con su obligación de votar en las elecciones generales del 22 de octubre.