Mediante la resolución 140/19, la Anses actualizó el módulo que se aplica a:
a) Para las asignaciones familiares de pago mensual que se perciban a partir de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año;
b) para las asignaciones familiares de pago extraordinario por los hechos generadores que se produzcan a partir de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año;
c) para las asignaciones universales que se perciban a partir de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año.
LEY DE MOVILIDAD

Es el segundo de los cuatro incrementos anuales,  que se suman al 46% de la Asignación Universal. De esta manera, el haber mínimo jubilatorio será de $11.528,44 y la Pensión Universal al Adulto Mayor, de $9222,75.

La medida también beneficia a los titulares de la Asignación Universal por Hijopara Protección Social y de la Asignación por Embarazo para Protección Social.

Así, las asignaciones familiares por hijo partirán desde los $ 2.250 para quienes ganan entre $ 4.009,94 y $ 34.877.

Esta suba del 10,74% se sumó al aumento por movilidad adelantado del 46% de la Asignación Universal por Hijo y por Embarazo anunciado en marzo pasado.