El Gobierno estableció por decreto el cupo laboral trans: será del 1% en el Estado
El Gobierno nacional estableció que el sector público deberá contar con un 1% de representación trans, travesti y transgénero, a través del decreto 721/2020 firmado por el presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y la ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta.
Si bien había varios proyectos al respecto discutiéndose en la Cámara de Diputados -la mayoría del oficialismo-, el Ejecutivo se adelantó y la medida fue anunciada este viernes en el Boletín Oficial. Se trata de una demanda histórica de los colectivos de las diversidades sexuales.
De acuerdo con esta medida, "los cargos de personal" en el Estado deberán ser ocupados "en una proporción no inferior al 1% de la totalidad de los mismos" por integrantes de esa comunidad, siempre que "reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo" y en "cualquiera de las modalidades de contratación vigentes".
Para que se cumpla esta normativa, "se deberán establecer reservas de puestos de trabajo a ser ocupados exclusivamente" por ese grupo de la comunidad LGBT y, al mismo tiempo, se guardarán "las vacantes que se produzcan" por la salida de "los y las agentes que hayan ingresado" bajo este régimen.
No obstante, se aclaró que "en ningún caso" esta norma "debe implicar el cese de las relaciones laborales existentes", por lo que no se podrá despedir a los empleados públicos en actividad para garantizarles el lugar a los nuevos ingresantes.
Este Decreto beneficia a todas "las personas travestis, transexuales y transgénero, hayan o no efectuado la rectificación registral del sexo y el cambio de nombre de pila e imagen".
En su tercer artículo, el documento especificó que regirá también un principio de "no discriminación" a partir del cual se remarcó que estos trabajadores tienen derecho a la "protección contra el desempleo", por lo que "no podrán establecerse requisitos de empleabilidad que obstruyan" su acceso al mundo laboral.
Por esta razón, "el requisito de terminalidad educativa no puede resultar un obstáculo para el ingreso y permanencia en el empleo" de los integrantes de este grupo que, en cambio, podrán comenzar a trabajar "con la condición de cursar el o los niveles educativos faltantes y finalizarlos".
Un registro voluntario
Para que el cupo se pueda completar, en el Decreto se establece que se crea un registro para que "en forma voluntaria" se puedan anotar todas las personas travestis, transexuales y transgénero aspirantes a trabajar en el sector público nacional.
"En dicho Registro deberán constar los perfiles laborales de las personas inscriptas en el mismo y se pondrá a disposición de las Jurisdicciones y Entidades, las que deberán informar al Ministerio de la Mujeres, Género y Diversidad, los puestos de trabajo vacantes y las ofertas de contratación de personal disponibles", se apunta.
La cartera a cargo de Gómez Alcorta deberá efectuar un seguimiento de la cantidad de cargos cubiertos con personas travestis, transexuales y transgénero sobre los totales de cargos de la planta permanente y transitoria y el total de los contratos existentes del Sector Público Nacional.
Por último, se ordenó la formación de una Unidad de Coordinación Interministerial que estará compuesta por representantes de diferentes áreas y, entre otras cuestiones, hará "un diagnóstico inicial" de la situación laboral de estas personas en el ámbito estatal y elaborará un plan para la implementación de estas nuevas reglas. (DIB)