El Gobierno nacional autorizó que los niños y adolescentes hijos de padres separados puedan romper la cuarentena una vez por semana para alternar entre las casas de sus padres.

Según se detalla en la Decisión Administrativa 703, publicada este sábado en el Boletín Oficial, la nueva excepción apunta a garantizar el derecho de los menores a "mantener relaciones personales y contacto directo con progenitores o referentes afectivos" en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio.

La normativa autoriza el traslado del niño al domicilio del otro progenitor "siempre que sea en el interés superior del niño, niña o adolescente" y en caso de ser una familia monoparental, "el traslado podrá realizarse por cualquiera de los dos cónyuges o referente afectivo que conviva con el niño".

La resolución autoriza que este traslado sea "una vez por semana" y se deberá mostrar una declaración jurada aprobada por la resolución 132/20 del Ministerio de Desarrollo Social.

En sus considerandos, la norma señala que "la Convención sobre los Derechos del Niño, en su artículo 9, inciso 3, establece que los Estados Partes respetarán el derecho del niño que esté separado de uno o de ambos padres a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos padres de modo regular, salvo si ello es contrario al interés superior del niño".

El decreto fue firmado por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, después de una decisión tomada a instancias de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, del Ministerio de Desarrollo Social y del Ministerio de Mujeres. Previamente, la defensora de Niños, Niñas y Adolescentes, Marisa Graham, se había pronunciado en el mismo sentido. Además, firman los ministros de Salud, Ginés González García; de Desarrollo Social, Daniel Arroyo, y de Mujeres, Género y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta.

Inconstitucional

En un principio, cuando se dictó la cuarentena se estableció que los menores debían cumplir el aislamiento en el domicilio que funcionara como su "centro de vida o al más adecuado al interés superior del niño, niña o adolescente". Sólo podían trasladarse una vez, y sin posibilidad de alternancia.

Pero días atrás, una jueza declaró inconstitucional que se les impida a los hijos de padres separados cambiar de casa. En su fallo, la magistrada Agustina Díaz Cordero, a cargo del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 23 tuvo en cuenta que con la triple prórroga del aislamiento -actualmente hasta el 10 de mayo- muchos chicos quedaron bajo el cuidado exclusivo de un solo progenitor desde hace más de cuarenta días y, al mismo tiempo, se vieron privados del encuentro personal con el otro. (DIB)