Con el fin de fomentar y potenciar la demanda del turismo interno tras las restricciones impuestas por la pandemia de coronavirus, el Congreso de la Nación sancionó la Ley Nº 27.563 de Sostenimiento y Reactivación Productiva de la Actividad Turística Nacional, que en su artículo 20 creó el Régimen de Incentivos a la preventa de servicios turísticos nacionales denominado Previaje. Es un plan para realizar las compras anticipadas en 2020 para viajar en 2021. Si la idea es viajar en  enero o febrero de 2021 hay tiempo hasta el 31 de octubre de 2020. Y si el plan es viajar a partir de marzo, hay tiempo hasta el 31 de diciembre.

Mediante este programa, por cada compra anticipada que se haga hasta el 31/12/2020 para viajar por Argentina en 2021, se puede presentar el comprobante correspondiente y recibir el 50% de lo que se haya gastado para usar en ese u otros viajes por el país durante el 2021, en forma de un crédito a través de la Billetera Electrónica BNA y/o una tarjeta del Banco de la Nación Argentina BNA+.

Estas compras tendrán un tope de reintegro de $ 100.000 para servicios de agencias de viajes, alojamiento y transporte aéreo de cabotaje y terrestre de media y larga distancia, y de $ 5.000 acumulados para todos los demás servicios turísticos, teniendo tiempo para registrar estos comprobantes en la página https: www.yvera.tur.ar/previaje hasta el 31 de octubre de 2020 para aquellos viajes a realizarse en enero y febrero de 2021, y hasta el 31 de diciembre de 2020 para aquellos viajes a realizarse entre marzo y diciembre de 2021.

Requisitos y características

* Las agencias deben aceptar el cobro mediante código QR para la Billetera Electrónica BNA. Para el caso de la Tarjeta Precargada, deberán contar con posnet y deben aceptar tarjetas Mastercard.

* Los operadores pueden tomar la tarjeta o billetera virtual del pax de la agencia minorista. El beneficio otorgado en el marco del programa podrá ser utilizado en agencias de viaje minoristas.

* No es requerimiento del programa justificar ingresos debido al cruce de datos con la AFIP.

* ¿Se puede pagar un nuevo viaje a un tercero con el crédito? Sí, no obstante, se debe tener en cuenta que el crédito otorgado estará disponible para su uso a partir de la fecha del viaje hasta el 31 de diciembre de 2021.

* En caso de COVID-19, tanto beneficiarios como prestadores tienen la obligación de informar cualquier reprogramación y/o cancelación en un plazo de hasta 7 días antes de la fecha del viaje.

* En caso de reprogramación, el beneficio estará disponible a partir de la nueva fecha del viaje.

* Las agencias solo se podrán inscribir bajo la actividad 791100 para que las facturas permitan al pasajero el crédito de $100.000.¿Qué pasa con las agencias que están configuradas en AFIP con la actividad 791909, donde al cargar no se pide el legajo de la agencia? Las consumos realizados en agencias inscriptas en el código de actividad 791909 correspondiente a servicio complementarios de apoyo turístico generan crédito con un tope de $ 5.000.

* El turista podrá verificarlo a través del número de CUIT si el establecimiento en el que realizará la precompra se encuentra dentro de rubro de actividad.

* Puede comprarse el viaje para un tercero. El beneficio se otorga a título personal a cada pasajero. La única excepción es el Turismo Estudiantil dado que el pasajero es menor de 18 años. Por lo tanto, quien reciba el crédito será presumiblemente su padre, madre o tutor.

* El uso de la BNA+ no tiene ningún costo adicional para el pasajero. En caso de solicitar la TTNE, la misma tendrá un costo de emisión y envío a domicilio de $ 210 a debitar el crédito otorgado.

* El beneficio se acreditará en un plazo de 15 a 20 días a contar desde el momento en el que el pasajero realiza el canje. No obstante, el mismo no estará disponible para su uso hasta la fecha del viaje.

* Si se piensa viajar en enero o febrero de 2021, serán válidos aquellos comprobantes emitidos desde el 21 de septiembre hasta el 31 de octubre de 2020. Si se piensa viajar a partir de marzo, serán válidos aquellos comprobantes emitidos desde el 21 de septiembre hasta el 31 de diciembre de 2020.

Asimismo, la carga de los comprobantes deberá ser realizada en un plazo de hasta 30 días corridos contando desde la fecha de emisión del comprobante.

* El crédito se otorga sobre el total de la factura con impuestos incluidos.

* El proceso de inscripción de las agencias de turismo en el Registro de Prestadores se completa con la validación por parte de AFIP, lo cual puede tardar hasta 72 hs hábiles. En caso de haber algún inconveniente, se le notificará al prestador a través del correo electrónico declarado. Los comprobantes de aquellos prestadores no inscriptos podrán ser cargados oportunamente cuando la misma sea aprobada.