La Provincia de Buenos Aires Actualizará Impuestos "por Inflación" con una Tasa de Interés Específica
La Provincia de Buenos Aires implementará un mecanismo de actualización por inflación para los impuestos patrimoniales, incluyendo los inmobiliarios y las patentes. El aumento se aplicará a cada cuota, excepto la primera, y estará limitado para no superar la inflación acumulada hasta ese momento.
El gobierno de la Provincia de Buenos Aires ha presentado un proyecto de Ley Impositiva que incluye un mecanismo de actualización por inflación para los impuestos patrimoniales, como los inmobiliarios y las patentes. Esta novedosa medida busca evitar que las cuotas se devalúen frente a una alta inflación prevista para el próximo año.
El artículo 138 del proyecto establece que se aplicará un monto de interés sobre el valor de cada cuota de los impuestos patrimoniales. Este interés será variable según cada cuota por vencer y se sumará al importe original, pero con un límite máximo que no podrá superar la inflación acumulada hasta ese momento, según el Índice de Precios al Consumidor elaborado por el Indec.
El objetivo principal de esta medida es preservar el valor real de las cuotas frente a una inflación esperada elevada. La medida se enmarca en el contexto del desfinanciamiento que enfrenta la provincia debido a la reducción de los aportes no automáticos por parte del gobierno central.
El nuevo mecanismo de actualización se aplicará a los impuestos inmobiliarios urbanos y rurales, tanto en sus componentes básicos como complementarios, así como al impuesto a los automotores (patentes) y a las embarcaciones recreativas o deportivas. Estos impuestos se consideran "progresivos," ya que quienes poseen propiedades de mayor valor pagan más.
La implementación de este mecanismo se realizará a través de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires y se aplicará a las cuotas no vencidas. Además, se utilizará en casos de modificaciones en el inmueble, vehículo automotor o embarcación deportiva o de recreación durante el ejercicio fiscal.
Es importante destacar que no se aplicará interés adicional a la primera cuota de cada tributo ni a aquellos contribuyentes que opten por pagar una cuota única. Los montos de los intereses que se aplicarán se publicarán en la página oficial de la Agencia de Recaudación.