"Su negligencia fue determinante en la producción de la muerte" de Lorena Huaiquimil
Los jueces que integran la Cámara de Apelación y Garantías de Azul emitieron un fallo en el que resolvieron de manera diametralmente opuesta a lo instruido un año atrás por la jueza Cecilia Desiata, responsable del Juzgado Correccional de Olavarría.
La resolución se enmarca en la muerte de Lorena Huaiquimil, la mujer que falleció en su casa por la hemorragia causada por una herida de gravedad que no fue detectada en la Guardia del Hospital Municipal "Doctor Héctor Cura".
Son tres los médicos mencionados en el fallo que lleva la firma de los camaristas Carlos Paulino Pagliere (h) y Damián Cini, pero sólo una fue acusada del "homicidio culposo". Se trata de la profesional María Paula Téllez González, quien estuvo a cargo de la Guardia durante la mayor parte del tiempo que pasó Huaiquimil en el Hospital, pero a quien en primera instancia la jueza Desiata la había absuelto.
En la resolución de los camaristas azuleños se resolvió revocar la absolución de Téllez "y condenarla a la pena de 3 años de prisión de cumplimiento condicional, con más inhabilitación especial para ejercer la medicina por el término de cinco 5 años por ser autora penalmente responsable del delito de homicidio culposo."
Para Pagliere y Cini la doctora Téllez "violó el deber de cuidado a su cargo de controlar los estudios clínicos realizados a la paciente Huaiquimil Leiva". Pero además se planteó que su actuar fue "negligente", porque "sabía que la paciente presentaba una herida en el abdomen" y porque "ella era la encargada del control de la evolución de la paciente y por ende de controlar el resultado de los estudios", entre otros.
Con contundencia aseveraron también que "estamos en condiciones de afirmar que su negligencia fue determinante en la producción de la muerte de la víctima".
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