A través de una gacetilla de prensa, el bloque Juntos por el Cambio Olavarría recuerda que "el 30 de enero el Honorable Concejo Deliberante aprobó la Emergencia Pública en Materia Social por Violencia de Género".

"Desde esa fecha la Comisión de Género viene trabajando ininterrumpidamente en el análisis de un proyecto que, a nuestro entender, hoy no contempla una realidad: la necesidad de actuar de manera urgente y con acciones concretas en la coyuntura actual", sentencia en la información del bloque. 

Por eso, desde el Bloque de Juntos por el Cambio "hemos venido trabajando en esta problemática con la Secretaría de Desarrollo Humano y Calidad de Vida, por lo que este martes presentamos un proyecto para que a la Ordenanza N° 4511 aprobada el 30 de enero, le sean incorporados 4 artículos específicos".

Explican que "la realidad por la que estamos atravesando y que prevé el aislamiento preventivo social y obligatorio, pone en peligro aún más a las víctimas de violencia por razón de su género y consideramos que el Estado Municipal debe atender de manera inminente la problemática, con más recursos y herramientas para un efectivo acompañamiento a las víctimas".

"Con la incorporación de los artículos que proponemos, consideramos que estaremos atendiendo de manera efectiva la urgencia, porque en muchos hogares se vive una pandemia peor que el COVID-19, y es la violencia de género. Entre el 20 de marzo y el 10 de mayo hubo 49 femicidios en todo el país, de los cuales 26 sucedieron en la provincia de Buenos Aires. Por lo tanto,  es prioritario para nuestro Bloque el tratamiento y aprobación urgente de nuevos artículos que refuercen los ya aprobado en el mes de enero".

El texto completo

VISTO

la Ordenanza del Honorable Concejo Deliberante de Olavarría Nº 4511/20 por la cual se declara la Emergencia Pública en Materia Social por Violencia de Género en nuestro partido y,

CONSIDERANDO

Que es prioritario implementar acciones en lo inmediato para profundizar medidas y acompañar con todas las herramientas que posee el Estado a las personas que sufren situaciones de violencia de género,

POR ELLO,

Se propone la incorporación a la Ordenanza 4511, de los siguientes artículos:

ARTÍCULO 3°: Fortalézcanse las acciones y dispositivos por parte del Departamento Ejecutivo Municipal garantizando el abordaje integral interdisciplinario en corresponsabilidad las 24 horas durante los 7 días de la semana, y la disponibilidad de los recursos humanos idóneos necesarios de acuerdo a la demanda, responsables del abordaje de la problemática, ya sea para la atención de situaciones en la Oficina de Políticas de Género, como para la cobertura del dispositivo de guardias nocturnas y de fin de semana activasy acompañamiento en el refugio municipal, por fuera del horario habitual de oficina en situaciones de violencia emergentes. El equipo técnico responsable del abordaje deberá estar integrado, como mínimo, por dos Acompañantes Terapéuticos y operadores de apoyo (provenientes de las disciplinas de Trabajo Social, Psicología, Derecho y afines).

ARTÍCULO 4°: El Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Dirección de Políticas de Género, fortalecerá el Dispositivo de abordaje de varones que ejercen violencia en el marco de las relaciones de pareja, con el objetivo de que las personas puedan revisar el ejercicio de las masculinidades hegemónicas para lograr visualizar y reconocer su responsabilidad en las conductas y construir prácticas superadoras que los convoquen a relacionarse de manera saludable. En virtud de ello será menester la incorporación inmediata de profesionales de las disciplinas de la Psicología, el Derecho y el Trabajo Social.

ARTÍCULO 5°: Comprométase al Departamento Ejecutivo Municipal a asignar a la Dirección de Políticas de Género, en el marco de la emergencia declarada, al menos un automóvil a tiempo completo para el traslado del equipo de profesionales y personas que atraviesan la problemática de violencia.

ARTÍCULO 6°: Dése por parte del Departamento Ejecutivo Municipal -a través de la Dirección de Políticas de Género- la difusión de manera semestral, de los informes y datos estadísticos de las situaciones en las que interviene el Municipio.

ARTÍCULOS 7° y 8°: de forma