"Es un desastre", define la ingeniera agrónoma y paisajista María Celina Spala para calificar el modo en que se ejecuta la poda sobre algunos árboles en veredas de nuestra ciudad. Plantea a la vez que "hay un dicho, se cree que siempre hay que podar los árboles para que crezcan con más fuerza" y hace la salvedad que sólo se interviene cuando los "árboles tienen algo dañado, o cuando molestan las ramas se puede hacer algún acortamiento pero nunca podarlos", subraya.

En Olavarría, pese a la existencia de anuncios en ese sentido durante 2016 y 2017, no se multa a quienes deciden podar los árboles de su vereda, aún cuando existe la Ordenanza Municipal Nº 3378/10, que prohíbe expresamente la poda del arbolado urbano, y prevé severas sanciones para vecinos o empresas dedicadas a esta actividad.

La profesional, desde su experiencia, expone: "Hay gente que pone los árboles en la vereda y a los dos o tres años me dicen ''ya lo podemos podar''. Les digo que sólo se pueden sacar las ramas que están por debajo de la copa y molestan al peatón porque la copa tiene que tener una altura que empieza a los 2,30 o 2,50 metros y lo que va por debajo se puede cortar".

Sin embargo, subraya que "los árboles se dejan crecer en forma natural". Destaca que en la ciudad "ahora se están plantando árboles de tamaño más pequeño, a los cuales se les puede despuntar algo para que las ramas queden más uniformes, pero nada más".

Spala manifiesta la necesidad de "un cambio cultural pero ya lo estoy notando. Falta todavía pero esto va mejorando". De todas maneras "hay gente que se resiste y ni árboles ponen para evitar que se ensucien las veredas con la caída de las hojas", lamenta. En definitiva, "la gente no tolera el ritmo natural y a veces no toleran un árbol o quieren árboles que no se les caigan las hojas por eso recurren mucho a plantas como el ligustro disciplinado, que no se le caen las hojas".

Aunque esta elección encarna un error porque "en los frentes nunca se debe tener un árbol perenne, se ponen los de hoja caduca porque es necesario tener protección y sombra en verano, pero en invierno hay que dejar que baje el sol. Con un árbol de hoja perenne en invierno también tenés sombra, por eso se recomiendan árboles de hojas caducas para el arbolado urbano".

La paisajista advierte que "el arbolado es un regulador de la temperatura en las ciudades y el verano es terrible en ciudades que no están arboladas". Además, señala que "el árbol, aunque esté desnudo también protege. No es lo mismo tener árboles pelados a tener árboles con su ramaje", diferencia.

Debido a la crisis económica "hoy podar es una salida laboral, y más en estos tiempos, pero de 20 personas que andan podando debe haber 2 que tienen idea". En general, "van aprendiendo pero son las personas que se dedican al tema y están trabajando".

Por otra parte, "también están los kamikazes que salen en esta época a podar y también hay otros que a pesar de andar en el tema tienen esa particularidad de podar excesivamente: dejan muñones y no sé si a veces eso no está hecho a propósito para que el árbol caduque y directamente muera".

Debido a la actividad emprendida desde el Municipio en los últimos años, "noto que hay un cambio, va mejorando pero todavía queda gente que no lo acepta. Va mejorando porque la gente quiere poner árboles, a veces consulta qué árbol poner para que no les levante la vereda", resalta.

"Porque al mutilar cualquier árbol, en definitiva le acortás la vida. Como ya llevo muchos años en mi trabajo puedo decir cómo le afecta al árbol si lo podamos en forma reiterativa y más cuando lo podan en demasía, el follaje después viene débil, se empiezan a enfermar porque les entran bacterias; y esto lo único que hace es acortarle la vida útil", reitera.

En cuanto al ramaje pequeño, "hay que dejarlo porque es ahí donde van a empezar a salir las hojas nuevas en la primavera siguiente. Pero al árbol no hay que dejarlo totalmente pelado porque después tiene que fabricar unas ramitas primero para después poder tener las hojas. Si se dejan las ramas desnudas, después las hojas salen más rápido".

Por último, Spala reconoce que en Olavarría "si se aplicara la ley, el arbolado estaría más cuidado. Porque no se ponen multas y nosotros somos hijos del rigor. Si se multara realmente, habría más cuidado".

Ordenanza incumplida 

Pese al anuncio de multas a quienes realicen intervenciones sobre el arbolado urbano, en nuestra ciudad dichas penas no se han sustanciado o al menos no han sido dadas a conocer. Sin embargo, se encuentra vigente la ordenanza municipal Nº 3378/10, sin implementar totalmente desde su promulgación y con muchas de sus disposiciones que no se han materializando ni se cumplen.

El artículo 4º crea la Dirección Municipal de Recursos Naturales Renovables (DRNR), "reasignando a tal fin los recursos humanos y materiales de la actual Dirección de Parques y Paseos". El artículo 6º establece que "el funcionario a cargo de la DRNR deberá contar con título habilitante de Ingeniero Forestal o Ingeniero Agrónomo con incumbencia forestal" y será elegido mediante "concurso de antecedentes".

El artículo 16º prohíbe expresamente "a toda persona física o jurídica, pública o privada, efectuar cualquier tipo de intervención sobre el arbolado público urbano" porque es competencia de la DRNR. El artículo 18º prevé que antes de "cada intervención en el arbolado público, la DRNR deberá realizar una evaluación técnica de los ejemplares a afectar y consignar el tratamiento o procedimiento adecuado".

El artículo 21 destaca que sólo "la DRNR podrá efectuar tareas de poda en ramas y/o raíces". Según el artículo 27º, esa dependencia "deberá expedirse acerca de los reclamos de intervención sobre los árboles en un plazo máximo de noventa (90) días corridos" y "comunicar fehacientemente y en forma fundada la decisión respectiva".

El artículo 37º dispone que "quien pode, tale, elimine, erradique y/o destruya árboles o especies - vegetales plantados en la vía pública o en espacios verdes públicos, o librados a la confianza pública, será sancionado con multas de un monto que será establecido por el Juzgado Municipal de Faltas entre uno (1) a diez (10) salarios mínimos municipales".