Así lo establece una resolución de la Dirección General de Cultura y Educación publicada ayer en el Boletín Oficial bonaerense. La misma rige para los cargos que dependen de esa cartera del Gobierno con regímenes establecidos en las leyes Nº 10.430, 10.449 y 10.579. La normativa de Educación se enmarca dentro de la resolución 90/20 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros (de marzo del año pasado) en la que se dispuso la no concurrencia a sitios de trabajo para el personal de riesgo del sector público por la pandemia de Covid-19.

En su artículo 1, la dependencia que conduce Agustina Vila determinó ahora que las personas que estén cursando un embarazo o tengan factores de riesgo "deberán actualizar toda la información médica que fundamente su situación de salud a los fines de estar dispensados de asistir a sus lugares de trabajo, quedando habilitadas a llevar a cabo las tareas asignadas desde sus hogares, cuando ello fuere posible".

El período para cumplir con el trámite de renovación (y también para nuevos pedidos) comenzó el 1 de febrero y culminará el 22. En tanto, las autorizaciones por "razones de edad" se realizarán "de oficio".

La resolución también da pautas para el procedimiento de la cobertura de cargos. Entre otras cosas, dispone que el Consejo Escolar les asignará "tareas de limpieza" a los auxiliares que desempeñan "funciones de cocinero y/o ayudante de cocina y/o que están asignados en cualquier función en establecimientos educativos que no tienen programadas actividades presenciales diarias".

"Las mismas podrán realizarse en cualquier establecimiento educativo del distrito cumpliendo para ello los parámetros de distancia desde el domicilio que se establecen en la citada normativa", detalla.

Además determina que cuando el personal deba cumplir días de aislamiento por contacto estrecho se considerará que realiza sus tareas con "excepción de la presencialidad". En caso de confirmarse el contagio, se aplicará una licencia. DIB