El Concejo aprobó la adhesión municipal a la ley de cupo laboral trans
El Concejo Deliberante aprobó esta mañana en la octava sesión la adhesión de Olavarría a la ley provincial que establece el cupo laboral trans para el empleo público y también para ciertas empresas.
En el debate, la concejal de Frente de Todos Alicia Almada dijo que "consideramos fundamental continuar con el camino de la visibilizacion de los derechos". Y agregó que "la sanción de un cupo mínimo ha sido fruto de una larga lucha". Quien también se expidió sobre el tema fue su compañera de bancada Mercedes Landívar.
Sobre el final del tratamiento del tema, María Inés Creimer leyó el proyecto difundido desde el Frente Ni Una Menos respecto del caso de la acusación pública contra un integrante del equipo de la Dirección de Políticas de Género. Sólo se produjo la lectura pero no el debate.
Cabe recordar que el proyecto de resolución para que el Ejecutivo adhiriese a la ley provincial 14.783 y su decreto reglamentario 1.473/19. La propuesta estaba originalmente incluida en el proyecto que terminó en la ordenanza 4.541/20 -sobre temáticas de gestión en género- y se acordó entre los bloques tratar el tema de manera independiente.
La ley se aprobó en septiembre de 2015 y se reglamentó en noviembre del año pasado. Establece que el "sector público" de la Provincia "debe ocupar, en una proporción no inferior al 1% de la totalidad de su personal, a personas travestis, transexuales y transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo".
Además, se debe "establecer reservas de puestos de trabajo a ser exclusivamente ocupados por ellas, con el fin de promover la igualdad real de oportunidades en el empleo público".
Las municipalidades están alcanzadas por esta medida, así como "las empresas subsidiadas por el Estado" y "las empresas privadas concesionarias de servicios públicos".
La aplicación del porcentaje se calcula sobre "el personal de planta permanente, temporaria, transitoria y/o personal contratado".
En el decreto reglamentario se fija a la Secretaría de Derechos Humanos y al Ministerio de Trabajo como autoridades de aplicación.
En la ley se dejó en relieve el principio de no discriminación: "toda persona tiene derecho al trabajo digno y productivo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo, sin discriminación por motivos de su identidad de género".