El intendente Galli decretó fuertes restricciones ante el avance de la pandemia del coronavirus
La letra amplía los efectos de la Emergencia Sanitaria con el fin de mitigar la propagación de la pandemia del COVID-19 y su impacto sanitario. Implica a casi toda la actividad económica, social, religiosa, cultural y deportiva del Partido.
Al mismo tiempo, la asesora municipal en Salud, doctora Mariana Diamanti, aseguró a EL POPULAR que no hay en la ciudad ningún caso sospechoso de coronavirus, y 50 personas cumpliendo aislamiento preventivo, mientras todavía esperan los resultados de nueve casos sospechosos de dengue, todos ellos de pacientes varones.
El texto está a tono con lo adelantado en la conferencia de prensa celebrada el domingo por la noche en el Palacio San Martín, acompañado por sus funcionarios más cercanos.
El titular del ejecutivo municipal había sido enfático en el pedido a la población para que "se quede en su casa", y anticipó algunos de los tópicos que fueron oficializados ayer a través de los canales oficiales.
"El virus ya se encuentra en nuestro país, con aumento de casos confirmados y un el avance de la pandemia. De tal modo es oportuno extremar medidas a fin de evitar o posponer su ingreso a nuestra ciudad, con el objetivo de preservar el sistema de salud local y evitar el mayor riesgo sobre la vida de las personas" dice el comunicado.
La disposición municipal dispuso a partir de las 0 hora de hoy martes hasta las 23.59 del 31 de marzo el cierre de los lugares y espacios cerrados de concurrencia y permanencia de personas para todas las actividades religiosas que se desarrollen en templos y/o establecimientos.
Lo mismo para las actividades que se desarrollen en cines, salas de juego, centros culturales de gestión privada, y todo otro tipo de establecimientos en los que se realicen convenciones o congresos; como también máquinas tragamonedas y juegos de azar permitidos.
La medida se hace extensiva a confiterías, heladerías, restaurantes; pizzerías con servicios de mesa; locales bailables; salones de baile; resto bares discos; cervecerías; bares; resto bares y/o resto bares bailables, peloteros, gimnasios y lugares donde se realizan actividades físicas, natatorios, salas de evento y salones de fiesta, ferias multipuntos, shopping de servicio de comida en estaciones de servicio y/u otros lugares que tengan otra actividad principal, clubes, salas de video juegos, centros de docentes privados que convoquen alumnos o cualquier otro sitio, predio, o lugar que por razones deportivas, sociales o religiosas convoque a reunión de personas.
En cambio, se autorizó a los restaurantes, pizzerías con servicios de mesa; resto bares discos, confiterías, heladerías, cervecerías, bares, resto bares a brindar el servicio de elaboración y venta de comidas para llevar, sin necesidad de anexar el rubro por el plazo dispuesto.
También suspendió hasta la misma fecha el cobro del estacionamiento medido.
El decreto especificó además que las casas de sepelios realicen los velatorios según las recomendaciones de la Secretaría de Salud: velar a ataúd cerrado, velatorio en el domicilio y/o sala velatoria sin atención permanente -con ingreso controlado de público y de corto lapso-, no ofrecer técnicas de conservación para evitar riesgos al personal interviniente.
El cortejo será compuesto por la carroza fúnebre y carroza portacoronas, para evitar riesgo al personal interviniente.
En cuanto a la suspensión de atención al público en todas las dependencias municipales, se estableció que cada Secretaría estará facultada para diagramar su sistema de contención tendiente a cubrir las urgencias que entiendan pertinentes.
El Juzgado de Faltas suspendió los plazos, al igual que las audiencias señaladas durante la vigencia del decreto.
Otro de los artículos dispuso que la atención en bancos, entidades financieras y uso de rapi-pagos se realice conforme a las disposiciones establecidas por la Secretaría de Salud, extremando las medidas de bioseguridad del personal.
Esto es, limitar a no más de diez personas la cola de espera con distancia superior al metro, uso de alcohol en gel y barbijos particularmente para el personal que está en contacto con dinero y atención al público.
La norma alcanza a los supermercados e hipermercados de la ciudad.
Estos deberán tomar medidas que eviten la conglomeración de la gente dentro de sus bocas de expendio, limitando el ingreso masivo de clientes.
Deberán además reforzar el servicio de cajas para agilizar las salidas de los clientes, asegurar la separación de más de dos metros entre personas, higienizar cada 4 horas las barandas, manijas de carros, y todo elemento en contacto con el público, poner a disposición del personal y del público todas las medidas de bioseguridad dispuestas por la Secretaría de Salud.
Asimismo, deberán establecer un horario especial y exclusivo para la atención de la población de riesgo.