Facilidad de pago de tasas: las deudas se podrán pagar en 24 cuotas
El Departamento Ejecutivo firmó el Decreto Nº 3826, por el cual se otorgan importantes beneficios para el pago de deudas por las tasas de Servicios Generales Urbanos y Suburbanos, Tasa de Servicios Asistenciales, Derecho de Cementerio y al Impuesto Automotor descentralizado, vencidas hasta el 31 de agosto de 2019.
Cabe destacar que si bien existen vigentes en el municipio facilidades de pago con quita de intereses, se amplió a 24 el número de cuotas y se incrementó la quita en la reducción de los intereses para los tributos mencionados anteriormente.
Estos beneficios estarán vigentes hasta el 31 de diciembre del corriente año y se establecen las siguientes facilidades de pagos y tasas de recargos:
a) En caso de que el contribuyente cancele la deuda en un pago único se aplicará una quita del 90 % de la tasa de intereses mensual.
b) En caso de que el contribuyente cancele la deuda en dos cuotas, se aplicará una quita del 80 % de la tasa de intereses mensual.
c) En caso de que el contribuyente cancele la deuda en planes de tres a ocho cuotas, se aplicará una quita del 70 % de la tasa de intereses mensual.
d) En caso de que el contribuyente cancele la deuda en planes de nueve a doce cuotas, se aplicará una quita del 60 % de la tasa de intereses mensual.
e) En caso de que el contribuyente cancele la deuda en planes de trece a veinticuatro cuotas, se aplicará una quita del 50 % de la tasa de intereses mensual.
De esta forma, los contribuyentes interesados que deseen regularizar sus deudas podrán acercarse a la Dirección de Rentas para poder formalizar los planes, consultar la deuda y las opciones de pago.