Ayer, el Gobierno Nacional oficializó esa medida del Ministerio de Trabajo que conduce Claudio Moroni, al publicar en el Boletín Oficial la Resolución 60/2021 que fija los criterios mediante los cuales los empleadores deberán otorgar licencia a uno de los padres o responsable del estudiante las jornadas que sigan la clase de manera virtual en sus domicilios.

Así, el Poder Ejecutivo dispuso a partir del inicio del ciclo lectivo 2021 en cada jurisdicción, "se considerará justificada la inasistencia del progenitor, progenitora, o persona adulta responsable a cargo, cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente".

Alcance nacional

De acuerdo con la normativa, la medida es de alcance nacional y regirá en los siguientes casos: los días en que no concurran a clases presenciales en el establecimiento educativo respectivo; y los días que concurran con jornada presencial reducida y no pueda cumplirse la jornada escolar normal y habitual del establecimiento educativo correspondiente.

Ayer se especulaba con que se trataba de una norma dictada exclusivamente para el sector privado. Sin embargo, la publicación oficial no discrimina entre el ámbito laboral público o el privado, aunque sí determina que se trata de una reformulación de la Resolución 207 del 16 de marzo de 2020. Así, se sustituye el artículo 3º de aquella normativa que, en su momento, contempló a la totalidad de los dependientes del país.

Una consulta efectuada en el Ministerio de Trabajo local permitió determinar que en el sector público continúan las licencias para personas de riesgo e inclusive para padres a cargo de hijos.

En la resolución oficializada ayer, se determina que la persona alcanzada por esa justificación deberá notificar tal circunstancia a su empleador. Para permitir el adecuado control, tendrá que completar una declaración jurada que contenga: los datos del niño, niña o adolescente; grado en el que cursa y los datos del establecimiento educativo al que concurre; el régimen de presencialidad que se haya dispuesto en esa institución; y la declaración de que su presencia en el hogar "resulta indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente, los días en que no concurran a clases presenciales o no pueda cumplirse la jornada escolar normal y habitual del establecimiento educativo".

Además, la resolución indica que "podrá acogerse a esta justificación solo un progenitor o persona responsable de los cuidados, por hogar".

El Ministerio de Trabajo explicó que "en función de las distintas situaciones epidemiológicas y de las decisiones que al respecto tomen las autoridades de las distintas jurisdicciones, la modalidad de retorno a la presencialidad se dispondrá de diversas maneras, en lo que hace a regímenes horarios y las diversas variantes de presencialidad y educación a distancia".

Por ello justificó el establecimiento de dichas pautas "cuanto a las tareas de cuidado en el hogar, así como a la previsibilidad en la dinámica de las relaciones laborales".

De esta manera, el ministerio de Trabajo readaptó la licencia parental vigente que se implementó al comienzo la suspensión de las clases presenciales en el marco del Aislamiento Preventivo Social y Obligatorio (ASPO) y se prolongó como consecuencia de la pandemia de coronavirus.

Según las autoridades nacionales, la intención es que la vuelta de las clases presenciales sea, por lo menos, tres veces por semana en todo el país, de acuerdo al criterio de cada provincia y la capacidad áulica de los establecimientos escolares. Por eso es que en todo el territorio nacional habrá un ciclo lectivo distinto, con distintos grados de presencia en las aulas y formatos "mixtos" con un componente de virtualidad.

El jueves, el ministro de Trabajo, Claudio Moroni, señaló que "las jurisdicciones tendrán sus propias medidas y modalidades y determinarán el inicio de las clases presenciales. Solo habrá que presentar una declaración para detallar días y horarios de sus hijos para que el empleador, si lo desea, puede ejercer control", afirmó.

El ministro añadió que "no se solicitará ninguna certificación especial o que la expida el colegio, porque es el principio de buena fe el que rige todo acuerdo entre las partes", y concluyó que, por ello, la cartera de Trabajo solo solicitará "una declaración".

Calendario

En la provincia de Buenos Aires ya está definido el calendario para este ciclo lectivo. Establece que las clases comenzarán el lunes 1° de marzo y finalizarán el 17 de diciembre en los siguientes niveles y modalidades: inicial, primaria y especial. Por su parte, las escuelas de educación secundaria técnicas y agrarias comenzarán las clases el 8 de marzo y finalizarán el 10 de diciembre. A su vez, los Institutos de Educación Superior iniciarán las clases el 15 de marzo y finalizarán el ciclo lectivo el 26 de noviembre.

El receso de invierno será del 19 al 30 de julio.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las clases comenzarán el próximo miércoles 17, tras el doble feriado por carnaval.