La situación de Arbío queda en manos de la Dirección de Consejos Escolares
El Consejo Escolar de Olavarría no realizará ninguna investigación sobre la legalidad o no de la actuación simultánea de Arbío como consejero escolar y concejal. La cuestión se resolverá en La Plata.
El Consejo Escolar de Olavarría, dominado por el Frente Renovador, no actuará ante las denuncias contra el vicepresidente del cuerpo, César Arbío, por haberse desempeñado como concejal mientras era consejero escolar para permitirle al gobierno municipal concretar un fuerte ajuste de tasas.
Por cinco votos contra uno, el Consejo Escolar de Olavarría respaldó la decisión de no iniciar el procedimiento administrativo previsto en la Ley de Educación para analizar la conducta de Arbío, por lo que la resolución del conflicto queda directamente en manos de la Dirección de Consejos Escolares de la Dirección General de Cultura y Educación bonaerense.
Y este organismo pareció adelantar ya su postura en el fax urgente que remitió al Consejo Escolar local el 30 de diciembre pidiendo un "amplio informe sobre la licencia supuestamente concedida al concejal César Omar Arbío". En ese breve texto se señala que Arbío "habría asumido como concejal en ese distrito en abierta contradicción con lo dispuesto por el artículo 150 de la Ley 13.688".
El director de Administración de Recursos Humanos, Alberto García, firmó ese fax donde se indica que la Dirección había tomado conocimiento del tema "a través de distintos medios de difusión".
Para entonces, Arbío ya había actuado como concejal y definido con su voto las reformas a la Ordenanza Impositiva con la que el eseverrismo logró colar el aumento de las tasas que venía reclamando desde hacía tiempo.
El consejero Jonatan Lupori (FPV), alineado con la ex diputada provincial Alicia Tabarés, venía librando una solitaria batalla para conseguir que se iniciara el procedimiento administrativo que podía terminar con la destitución de César Arbío.
El realizó dos presentaciones ante la presidenta del cuerpo, Andrea Rodríguez, en pos de ese objetivo, las que fueron bloqueadas por el eseverrismo. Para convocar la sesión especial del Consejo Escolar es necesario el apoyo de dos tercios de sus miembros.
Por lo tanto, la resolución de la primera batalla política del año queda en manos de los funcionarios de la Dirección General de Cultura y Educación.
Todo en tela de juicio
Sobre finales del año pasado, el oficialismo local adoptó una serie de medidas trascendentes con métodos cuya legitimidad es por lo menos dudosa.
Para aprobar la ordenanza preparatoria para tratar el Presupuesto y la Ordenanza Fiscal e Impositiva hizo asumir como concejal a Arbío, que ya había jurado como consejero escolar. Arbío era quien seguía en la lista que le permitió asumir una banca a Patricia Bahl, kirchnerista hasta ese momento, pero que pidió licencia para que se pudiera consumar la maniobra que dejaba al Frente Renovador de nuevo con mayoría en el HCD.
El oficialismo no se preocupó por el artículo 150 de la Ley de Educación que reza: "El cargo de consejero escolar será incompatible con el de toda otra función pública a excepción de la docencia universitaria y lo que esta misma Ley disponga".
Tomado al pie de la letra este artículo, al jurar Arbío como consejero escolar perdió automáticamente el cargo de concejal suplente que tenía hasta ese momento, por lo que no hubiera podido suplantar a Patricia Bahl el 17 de diciembre para votar la ordenanza preparatoria, paso que luego permitió aumentar las tasas.
Tres días después Jonatan Lupori hizo la primera presentación entendiendo que correspondía la destitución de Arbío por el desempeño simultáneo de funciones incompatibles.
Entre otras razones, argumentaba con el texto del artículo 150, la falta de licencia otorgada por el cuerpo -la que, afirmaba, tampoco correspondía- y la falta de comunicación de Arbío de la nueva situación.
En cuanto a la licencia, Lupori subrayó también que "si se hubiera otorgado, tampoco Arbío podía asumir como concejal, ya que una simple licencia no le hace perder su condición de consejero, y lo que la ley impide es ser consejero escolar y ejercer otro cargo".
El 14 de enero, Lupori realizó otra presentación después de que se le comunicara que no estaban los dos tercios para convocar a la sesión especial. Entre otras cosas, allí pidió que se revocara la decisión del cuerpo del 20 de diciembre, en la que Andrea Rodríguez dijo que ella le había concedido la licencia a Arbío "por razones de necesidad y urgencia", lo que los consejeros escolares eseverristas ratificaron con su voto, en lo que pareciera ser una licencia concedida retroactivamente.
Lupori sostuvo que "no existe ningún acto administrativo de otorgamiento y no puede ser ratificado algo que no existe".
Descargo
En su respuesta a la Administración de Recursos Humanos de la Dirección de Consejos Escolares, Andrea Rodríguez dio su versión de los hechos. Allí señaló que el 17 de diciembre, fecha en que se inició toda la historia, participó de la sesión del Consejo Escolar que se celebró entre las 8.30 y las 10, abandonando luego la sede del organismo "para asistir a actos de establecimientos educativos".
Volvió después y "tomó conocimiento de que el consejero escolar profesor César Arbío requiere solicitar licencia por el día de la fecha por causas particulares, debiendo obtenerla a partir de ese momento". Entonces consideró que "correspondía hacer uso de las facultades que me otorga el artículo 164 inciso d) de la Ley 13.688, le concedo la licencia, entendiendo además que su otorgamiento no afectaba en nada el funcionamiento del Consejo Escolar, ni perjudicaba al erario provincial toda vez que el citado consejero cumple funciones ad honórem (porque se encuentra acogido a los beneficios jubilatorios)".
Después sigue un detalle singular: "Para agilizar el trámite procedí a dar ingreso a su nota de pedido de licencia y por un error involuntario consigné erróneamente la fecha de recepción en el acuse (puse 16/12 en lugar de 17, fecha en que la nota había sido realizada y entregada)".
Si la nota fuera del 16, había sido debida tratar por el cuerpo en la sesión del 17. El punto es que al ser las cosas como las relata Andrea Rodríguez, a efectos administrativos la fecha válida para cualquier análisis posterior es la que figura por escrito.
Se trata de un documento público y para demostrar que fue un error hace falta más que una simple declaración, algo que llegado el caso le podría acarrear algún problema en la investigación de la Dirección de Consejos Escolares.