Hoy desde las 9 en el recinto de la Sociedad española sesionará el Concejo Deliberante. El tema más importante es el proyecto que envió Ezequiel Galli para convertir en ordenanza la sanción a las "reuniones sociales".

En ese marco, cabe resaltar que ayer el Ejecutivo respondió el pedido de informe de la comisión de Hacienda: expuso que busca que la aplicación de la medida se ajuste al decreto 714/20 de la Nación. A su vez, recordó que "las reuniones sociales han sido un foco infeccioso de relevancia en el transcurso de la pandemia de Covid-19".

Ayer se reunión la comisión de Labor Parlamentaria que definió el orden del día para la sesión ordinaria. El encuentro se realizó de manera virtual, encabezado por el presidente Bruno Cenizo.

En esta jornada, los concejales tendrán 25 expedientes en tratamiento. Entre los proyectos ingresados sobre tablas, se cuentan los que adelantó ayer EL POPULAR vinculados a la demanda habitacional que planteó la Mesa de Emergencia y la propuesta que esta agrupación presentó para poner en marcha el Consejo Local de Vivienda.

Respuesta

A un día de la sesión en la que se tratará el tema y más de tres semanas después de enviado el pedido de informe, el Ejecutivo hizo llegar ayer al Concejo la nota con la respuesta de la Subsecretaría Legal y Técnica a la consulta de los concejales. El martes, en la reunión de la comisión de Legislación, entre los argumentos de la oposición para rechazar el avance del expediente estaba "la falta de respuesta" a las consultas mientras el propio Ezequiel Galli pidió "celeridad" a los concejales para tratar el proyecto.

La prohibición de las "reuniones sociales" rige por el decreto 2.566/20 que se promulgó a principios de septiembre "ad referendum" del Legislativo. El contenido del proyecto de ordenanza es el mismo de esta norma.

En el decreto se establece que la falta consiste en "la realización de evento/s o reunión/es sociales o familiares en espacios cerrados o en domicilios particulares", pero para los concejales no queda claro a quién se sancionará. Ante esta consulta, la nota que firmaron el secretario de Gobierno, Hilario Galli, y el titular del área Legal, Marcelo Fabbi, sostiene que "el sujeto punible, con relación a las reuniones sociales, no se encuentra definido a los fines de mantener la congruencia con la redacción del decreto 714/20 artículo 9 inciso 2 del Poder Ejecutivo Nacional" y de las normas provinciales sobre el tema. En ese sentido, se indicó que "ésta dependencia entiende que será competencia del Juzgado de Faltas establecer quién es el sujeto punible y el monto de la multa que corresponde".

Es que en el decreto 2.566/20 se fijan multas de 1 a 100 salarios mínimos. Ante la consulta por la aplicación, se expuso que "es competencia del Juzgado de Faltas determinar la sanción que resulte razonable dentro de la escala sancionatoria, conforme a lo dispuesto en el Código de Faltas y la tipificación de la figura legal que se encuentra establecida en el artículo 9 inciso 2 del decreto 714/20". En la norma nacional, se establece: "quedan prohibidos los eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, en todos los casos y cualquiera sea el número de concurrentes, salvo el grupo conviviente. La infracción a esta norma deberá ser denunciada por la autoridad interviniente con el fin de que la autoridad competente determine si se hubieren cometido los delitos previstos en los artículos 205 y 239" del Código Penal.

Se trata de la violación de la prevención para "la introducción o propagación de una epidemia" y la "desobediencia a un funcionario público", respectivamente. En ambos casos se dispusieron penas de prisión.

En el cierre de la nota, el Ejecutivo señaló que "es facultad del HCD (...) introducir al proyecto las modificaciones que considere que correspondan". En la sesión de hoy, los concejales tendrán la palabra.