El Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2 del Departamento Judicial de Azul condenó a Facundo Roberto Ariel Almeida a la pena de 17 años de prisión por resultar autor penalmente responsable del delito de homicidio simple agravado por la utilización de un arma de fuego. La víctima, Elizabeth Noemí Cardozo de 37 años, recibió un disparo por la espalda a fines del año 2017 y murió pocos días más tarde.
La condena fue votada de manera unánime

Durante las audiencias se reconstruyó, a través de los testimonios y la presentación de diversas pruebas, cómo se dieron los hechos en la madruga del 25 de noviembre de 2017 , cuando Cardozo fue baleada por la espalda. La mujer, quien cuando fue atacada se encontraba realizando un viaje de la empresa de remis en la que trabajaba, murió el 1 de diciembre luego de sufriera graves heridas pulmonares y vasculares.

En el fallo al que tuvo acceso EL POPULAR, el Tribunal argumentó que no existen pruebas para establecer que el crimen de Cardozo se haya dado en una circunstancia de robo, posturas que se habían expuesto por ambas partes, a raíz de que en el vehículo Fiat Uno que conducía la víctima no se encontraron su teléfono celular ni la recaudación del día.

Por una parte, el acusado llegó a la instancia de juicio imputado por el delito de "homicidio calificado criminis causa", porque desde la fiscalía se planteó que el crimen de la mujer fue con el objetivo de encubrir el robo de estas pertenencias. De manera similar, la defensa solicitó que Almeida sea condenado por el delito de "homicidio en ocasión de robo".

Sin embargo, la jueza Raverta refutó estas posturas al alegar que "no se probó debidamente que el imputado mató con el fin determinado por la acusación. Considero que su conducta no estuvo enderezada a desapoderar a la víctima de sus bienes y por eso le dio muerte". En otro apartado del fallo se agrega: "No puedo dar por probado, con la certeza que este estadio requiere, que Almeida le haya robado las pertenencias a la víctima y que de dicha acción haya resultado su deceso, por lo que no es procedente el encuadre en tal norma jurídica". Se cuestionó que los testigos que vieron a Almeida alejarse del vehículo donde Cardozo quedó gravemente herida nunca visualizaron que haya estado en el sector del baúl, donde la remisera habría guardado poco antes el teléfono y la billetera con dinero.

Tras desacreditar estas posturas el Tribunal expuso que Almeida sería sentenciado por el delito de "homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego". Además, al momento de establecer agravantes, la jueza Raverta expuso tener en cuenta "a los fines de potenciar la pena la condición de mujer de la víctima, la circunstancia de ser la misma madre de 8 hijos, con la consecuente implicancia que su deceso acarrea en el devenir de sus vidas sobre todo que con su trabajo ayudaba al sustento económico del hogar, y el haberse abusado de la confianza que ésta le tenía en razón del conocimiento previo que existía entre ambos".

El imputado

Durante el proceso judicial Almeida declaró y acusó a una tercera persona de haber baleado a Cardozo dentro del vehículo. El condenado subió al asiento trasero del remis en una vivienda de Islas Malvinas al 3200, desde donde llamó a la agencia. Varios de los testigos, entre ellos el acusado y la pareja de la víctima, reconocieron que Cardozo y Almeida se conocían de haber compartido labores en otra remisería, e incluso se refirió que tuvieron un vínculo sentimental.

"Esta declaración no me resulta creíble, y entiendo que ha sido realizada para colocarse en una mejor situación procesal. Nada de lo que dice tiene correlato lógico", fue el primer planteo de la jueza Raverta, quien posteriormente derribó con la exposición de pruebas y testimonios cada una de las declaraciones de Almeida. "Es ilógico que si lo unía con la víctima una relación sentimental, al ver que la atacaban, no haya hecho nada para defenderla y la haya dejado desangrando en el lugar, por más que ella le haya pedido que se retire", fue uno de los argumentos.

Asimismo rebatió la explicación del imputado sobre el lugar que ocupaba en el vehículo, sobre por qué su padre lo entregó en Fiscalía y nunca dio cuenta de la inocencia de su hijo, y expuso que "es impensable que alguien que sabe que es inocente y que otra persona cometió un hecho, sobre todo de estas características, no lo haya puesto en conocimiento de la autoridad competente".

El homicidio

Elizabeth Noemí Cardozo, también conocida como "Ely" por sus familiares y compañeros de trabajo, recibió un disparo en la madrugada del 25 de noviembre. La mujer fue hallada con graves heridas en el cruce de Merlo y Pourtalé por recolectores de basura, a los que le llamó la atención que el automóvil gris de la empresa de remis "JC" que conducía Cardozo estaba sobre la vereda.

Al acercarse vieron que la mujer estaba en el interior del Fiat Uno, mientras una persona huía corriendo del lugar; aunque de acuerdo a lo que declararon durante el juicio no llegaron a identificarla. Ella le pidió a uno de los recolectores que la sacara del auto. Pasaron varios minutos hasta que llegó personal policial, sus compañeros de la empresa de remis y finalmente la ambulancia, que la trasladó al Hospital.

De acuerdo a lo que declararon los peritos, la mujer recibió un disparo de un arma de fuego tipo escopeta o pistolón que tiene cartuchos con perdigones, aunque la misma nunca fue encontrada. Tras varios días de permanecer en grave estado en el Hospital, Cardozo murió.