Personal de la Subcomisaría de Sierras Bayas dio cumplmiento a una orden de detención emanada desde el Tribunal Oral Criminal Nº 2 de Azul, a cargo de la jueza Dra. María Alejandra Raverta para con Maximiliano Néstor Cottini de 21 años.

El mismo gozaba de pena de prisión de un año y seis meses de ejecución condicional en una causa por abuso sexual que tuvo como víctima a una adolescente de 14 años que posee un retraso madurativo.

El mismo es oriundo de Azul pero residía en Sierras Bayas en el domicilio de Smirnoff al 2500 y tras ser detenido fue trasladado a la dependencia policial donde quedó a disposición del magistrado interviniente.

El juicio

En mayo de 2018 se conoció el resultado de un juicio abreviado por el cual a Cottini se le impuso la pena de un año y seis meses de prisión en suspenso mientras que a Nicolás Eugui, oriundo de Cacharí, una pena de tres años de prisión. En aquella instancia quedó probado que en febrero de 2016 habían cometido abuso sexual contra la adolescente.

En ese proceso, se valoró sólo una circunstancia y de tipo atenuante: "la carencia de antecedentes penales" de ambos imputados.

Cottini fue hallado autor penalmente responsable del delito de abuso sexual simple mientras que Eugui también de 20 años fue hallado autor del delito de abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa.

Teniendo en cuenta que ambas penas dictadas fueron de ejecución condicional, las condenas para los jóvenes se tradujeron también en que el juez Gustavo Abudarham les dictara a ambos diferentes pautas de conducta, las cuales deberán cumplir por el plazo de dos años.

Esas obligaciones incluyen "fijar residencia dentro de la provincia de Buenos Aires"; "abstenerse de mantener contacto con la víctima por cualquier medio"; y que los dos se sometan "al cuidado del Patronato de Liberados".

"Respecto de la modalidad de ejecución de la pena impuesta a los imputados, la misma resulta procedente dado que se trata de primera condena cuyo monto no excede los tres años y debido a la corta edad de los mismos, circunstancia que demuestra la inconveniencia de aplicar una pena privativa de la libertad efectiva", se había señalado también en el fallo.

El caso

Los hechos por los que ambos jóvenes fueron condenados tuvieron como víctima a una adolescente que padece un retraso mental madurativo y tenía 14 años de edad cuando fue abusada. Según lo mencionado en el dictamen, ese hecho se produjo el 26 de febrero de 2016 en una vivienda de esta ciudad.

En horas de la tarde de ese día, quedó probado que Eugui -en el patio de la casa donde este ilícito ocurrió- se aprovechó de la "inmadurez sexual" de la víctima, "debido a su corta edad y por padecer un retraso mental madurativo", y después intentó accederla carnalmente por vía anal "contra la voluntad manifiesta" de la adolescente.

Pero el joven condenado a esos ya mencionados tres años de prisión en suspenso por este hecho no logró su cometido, ya que a la casa llegaron familiares y personas allegadas a la menor víctima.

Mientras toda esa situación se desarrollaba, el rol de Cottini, el otro imputado que fuera condenado en este juicio abreviado, "hacía de campana en la vereda del lugar, a los fines de alertar la llegada de terceros a la morada", escribió el juez Abudarham en la resolución.

Minutos antes a que asumiera esa actitud, ese mismo joven, en el interior de una de las habitaciones de la casa escenario de este hecho, había abusado de la menor, al tocarle sus partes íntimas "contra su voluntad" y valiéndose también "de su inmadurez sexual y de su retraso mental madurativo". (Con información de diario El Tiempo de Azul)