"La falta de inscripción simultánea del interesado en los citados registros imposibilitará el inicio, tramitación y/o culminación de cualquier trámite ante el Senasa que así lo requiera", destacaron en el comunicado.

Esta necesidad surge para el Senasa con el objetivo de asegurar el pleno ejercicio de las facultades sanitarias y a su vez para intercambiar información con otros organismos del Estado.

¿Por qué sucedió este cambio? En 2019, varias sociedades anónimas simples sin RUCA exportaron, solo con haber estado inscriptas en AFIP.