Durante la jornada se conoció un importante avance legal relacionado a las causas que se tramitan por difusión de imágenes de explotación sexual y abusos contra niños, niñas y adolescentes.

Si bien se trata de un avance meramente legal originado en una causa en Tandil, representa un logro para la temática en toda la provincia incluida Olavarría que el mes pasado fue protagonista de operativos con fuerte repercusión.

La investigación en la vecina localidad tuvo su origen 2017 cuando el National Center for Missing and Exploited Children recibió un reporte que mediante mensaje privado (Mensseger) se compartió una fotografía de contenido sexual.

El artículo 128 del Código Penal legisla que "será reprimido con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que produjere, financiare, ofreciere, comerciare, publicare, facilitare, divulgare o distribuyere, por cualquier medio, toda representación de un menor de dieciocho (18) años dedicado a actividades sexuales explícitas o toda representación de sus partes genitales con fines predominantemente sexuales, al igual que el que organizare espectáculos en vivo de representaciones sexuales explícitas en que participaren dichos menores".

Sobre el particular, el Tribunal de Casación hizo lugar a un recurso presentado por el Fiscal General Dr. Marcelo Sobrino con el cual se sienta jurisprudencia. Puntualmente se hace referencia a que en las imágenes que eran compartidas desde Olavarría se difundía la parte superior del cuerpo de niñas y adolescentes. Es decir en base al articulado no estaría incluido en "partes genitales".

"Los fiscales de la Provincia sentamos jurisprudencia y logramos que en la interpretación de Casación en favor de la posición fiscal y que el contenido que implicaba la perversión y la demostración de la niña en sus partes íntimas. Estamos contentos con eso porque se avanza en el tema", dijo Sobrino en diálogo con la producción del programa radial "Mejor de mañana".

Además el Código penaliza con "con prisión de cuatro (4) meses a dos (2) años el que tuviere en su poder representaciones de las descriptas en el párrafo anterior con fines inequívocos de distribución o comercialización" y "con prisión de un (1) mes a tres (3) años el que faciitare el acceso a espectáculos pornográficos o suministrare material pornográfico a menores de catorce (14) años".

La resolución fue firmada por el la Sala II del Tribunal de Casación de La Plata integrado por la Dr. María Florencia Budiño, el Dr. Fernando Luis María Mancini y el Dr. Mario Eduardo Kohan.

En los fundamentos se explicita que "más allá de las clasificaciones que puedan emerger de las disciplinas singulares con sus respectivos dialectos, dividiendo unidades conceptuales, sea por su intensidad, sus atributos, por su funcionalidad y otros tantos parámetros; más allá de ello -decía-, mientras los vocablos tengan carta de ciudadanía en el habla ordinaria, su traslado al vademecum especial no les quita la significación pristina" y agrega que "así lo exige la verdadera interpretación que es un ejercicio imprescindible en el derecho penal".

El delito en la región

"Luz de Infancia VIII"

Los tres allanamientos realizados el 9 de junio en Olavarría formaron parte del operativo internacional "Luz de Infancia VIII", y de manera simultánea se hicieron procedimientos en la Argentina, Brasil, Colombia, Ecuador, Estados Unidos, Paraguay y Panamá.

En el caso de nuestro país se detectaron 64 conexiones de usuarios que descargaban y compartían material con contenido de explotación sexual infantil, 26 de las cuales se encontraban en la provincia de Buenos Aires.

La investigación se origina en virtud de la operación internacional denominada "Luz de Infancia", iniciada por el Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos (United States Departmento Homeland Security) y la Secretaria Nacional de Seguridad Pública de Brasil.

Un detenido en Cacharí

En otros orden de cosas pero sin tener relación con el megaoperativo, quince días después, se conoció la detención de un hombre con domicilio en Cacharí acusado de "producción, comercialización de representación de menores de 18 años dedicados a actividades sexuales" tipificada en el artículo 128 del Código Penal.

Dio fruto la investigación surgida en octubre de 2020 a raíz de la recepción del reporte desde el National Center for Missing and Exploited Children con sede en Estados Unidos en el cual se da cuenta desde perfil de red social Facebook se distribuía contenido de abusos sexuales contra niños, niñas y adolescentes. En estos casos interviene la UFI N° 22 a cargo del Dr. Lucas Moyano.