El 31 de mayo vence el plazo para el pago retroactivo del incremento salarial
El abono es a partir del mes de enero 2024.
El Director General de Trabajo, Yecid Mollinedo explicó que “Las empresas o establecimientos laborales del sector privado deben cumplir con el pago retroactivo del incremento salarial, sobre la base del 3%, a las trabajadoras y trabajadores, hasta el 31 de mayo”, sostuvo la autoridad.
Asimismo, explicó que los empleadores deben presentar los documentos correspondientes que certifiquen el pago retroactivo del incremento salarial, hasta el 30 de junio como establece la Resolución 521/24.
“El incumplimiento de este pago es infracción a ley social y, por otro lado, si los empleadores no presentan la documentación correspondiente hasta el 30 de junio serán pasibles a una multa”, advirtió Mollinedo.
La Resolución 521/24 reglamenta la aplicación del Incremento salarial en el sector privado para todas las modalidades de contratos de trabajo asalariado, cuya base de negociación es del 3% al salario básico, lo que no impide que se establezcan porcentajes superiores de incremento.
El documento señala que el Salario Mínimo Nacional, dispuesto en el artículo 7 del Decreto 5154, es de Bs2.500 que representa un incremento del 5,85% con relación al establecido en la gestión 2023.