El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) ha anunciado la implementación del “Registro Auxiliar de Bancarización”, un sistema que entrará en vigencia el 1 de enero de 2025 y que obligará a las personas naturales y jurídicas a reportar digitalmente las transacciones de compra y venta de bienes y servicios cuyo monto sea igual o superior a Bs50.000. Este nuevo mecanismo estará disponible a través del SIAT en Línea en la página web www.impuestos.gob.bo.

Según el presidente del SIN, Mario Cazón, el objetivo de este sistema es asegurar que las transacciones económicas estén respaldadas por documentos de pago regulados por el sistema financiero o el Banco Central de Bolivia (BCB), como los cheques. Cazón señaló que la obligación de bancarizar las operaciones por montos iguales o superiores a Bs50.000 ya estaba vigente, pero ahora el proceso podrá realizarse en línea.

El nuevo sistema se basa en la Resolución Normativa de Directorio (RND) Nº 102400000021, denominada “Respaldo de Transacciones con Documentos de Pago”, aprobada el 20 de septiembre de 2024, la cual establece que las transacciones sin el debido respaldo documental podrían tener implicaciones fiscales, como la pérdida del crédito fiscal en el IVA.

El SIN ha informado que ofrecerá cursos de capacitación, tanto presenciales como virtuales, para ayudar a los contribuyentes del Régimen General a cumplir con esta normativa. También se capacitará a contadores para facilitar el proceso de adaptación. La información adicional y los tutoriales estarán disponibles en las redes sociales oficiales del SIN, como Facebook, Instagram, YouTube, y X (anteriormente Twitter).

¿Quiénes deben cumplir con esta normativa?

La RND Nº 102400000021 aplica a todas las personas naturales o jurídicas, sin importar su forma de asociación, y a entidades e instituciones públicas, empresas del Estado y organismos gubernamentales que realicen pagos por la adquisición o venta de bienes o servicios iguales o superiores a Bs50.000. Esto abarca tanto las transacciones al contado como al crédito o mediante pagos parciales, dentro del territorio nacional.

Envío de información

Los contribuyentes deberán enviar la información mensualmente a través del “Registro Auxiliar de Bancarización”, conforme a las instrucciones detalladas en el Anexo Técnico publicado en la página web del SIN.