El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social informa a la población que, a partir del lunes 2 de septiembre de 2024, finaliza la aplicación del horario de invierno en la jornada laboral. Esta medida se lleva a cabo en cumplimiento de lo dispuesto por la Disposición Final Primera del Decreto Supremo N° 4971, emitido el 28 de junio de 2023.

A partir de la fecha indicada, todas las instituciones del sector público deberán adecuar sus horarios de ingreso y salida al horario discontinuo habitual, que se establece de lunes a viernes, de 08:30 a 12:30 y de 14:30 a 18:30. Estos horarios deberán ser publicados de manera visible en las instalaciones de cada institución, con el objetivo de que el público usuario esté debidamente informado.

En cuanto al sector privado, este deberá ajustar sus horarios laborales conforme a esta determinación, considerando las particularidades de cada modalidad de trabajo, rubro o actividad productiva de los distintos establecimientos laborales.

El Ministerio de Trabajo, a través de la Dirección General de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional, la Dirección General del Servicio Civil, y las Jefaturas Departamentales y Regionales de Trabajo, se encargará de supervisar el cumplimiento de esta normativa en todo el territorio nacional.