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Un juez de Dolores emitió un fallo que favorece a un deudor de crédito UVA al establecer que se deben renegociar los términos del acuerdo y fijar las cuotas en niveles que puedan ser afrontados por el demandante. Para el juez en lo Civil y Comercial 4 de Dolores, Marcos Fernando Val, si bien "las deudas deben ser pagadas, ello no puede ser a cualquier costo, más aun en casos como el presente en los que el Estado promocionó la contratación de los créditos UVA afirmando y asegurando la eliminación del problema inflacionario, resultado que claramente no fue obtenido, sino todo lo contrario, se profundizó, siendo absolutamente injusto cargar a los habitantes de manera individual por las consecuencias de políticas económicas en las que ellos no han tenido incidencia alguna".

Esta resolución sienta un precedente que seguramente ilusionará a todas las personas que tomaron esta clase de préstamos y las cuotas prácticamente se tornaron impagables por la estampida inflacionaria. En el texto del fallo se advierte también el particular estado de ánimo que domina hoy en amplios sectores del ámbito judicial ya que el magistrado se sintió obligado a aclarar que su decisión no tiene nada que ver con el nuevo clima político tras el cambio de gobierno sino que hasta ahora él no había atendido ningún caso de este tipo y, además, en casos similares había utilizado el mismo criterio.

La demanda había sido presentada por Oscar Ebert Pieroni, quien solicitó, como medida cautelar anticipada, que se disminuya a la proporción establecida en el decreto 484/87 el descuento en sus haberes, que en concepto de pago de cuota de préstamo, realiza el Banco de la Provincia de Buenos Aires, sucursal General Lavalle.

Pieroni en octubre de 2017 tomó un crédito UVA con el Banco de la Provincia de Buenos Aires y, como le ocurrió a muchas otras personas, la cuota le fue aumentando y llegó a representar en agosto de 2018 el 80 por ciento de sus ingresos y el 85 por ciento en setiembre de 2019.

El juez señaló que "si bien era un dato cierto que los créditos UVA actualizarían su monto en base al CER, el cual tiene en cuenta el índice de precios al consumidor, índice que refleja la inflación, la ley de presupuesto nacional, durante todos los años en los que ha estado en vigencia la línea de créditos UVA, previó un índice inflacionario mucho menor que el que en definitiva hemos tenido en igual período".

Agregó que "el Estado promovió y comprometió, con todo el peso que tiene que lo haga el Estado, una situación económica muy distinta de la que luego se verificó en la realidad".

Tras recordar los índices de inflación reales y las enormes diferencia con las previsiones del Gobierno, el doctor Vals sostuvo que " resulta verosímil el derecho alegado por el actor en el marco de análisis que puede hacerse en este estadio incipiente del proceso y de manera cautelar, pues parece razonable que no haya podido prever la incidencia que el monto de la cuota del préstamo tendría en el futuro en sus ingresos".

Además recordó que el país también asumió una deuda impagable y por eso pidió a sus acreedores condiciones que le permitan pagar sin que sus habitantes vean vulnerados sus derechos a condiciones de vida dignas y que "a este desgarrador panorama no son ajenos millones de argentinos que han padecido una situación similar en su economía doméstica. Es también un hecho por todos conocido la pérdida del poder adquisitivo de los salarios en los últimos años, mientras que paralelamente aumentaron los servicios públicos, la nafta, los alimentos, los medicamentos".

En el mismo sentido dijo que "este panorama hace que hoy la mayoría de las personas se encuentre en graves dificultades para honrar sus deudas sin sacrificar derechos básicos consagrados en tratados internacionales, como lo son el derecho a la alimentación, a la salud, a la educación. Y si bien comparto la idea de que las deudas deben ser pagadas, ello no puede ser a cualquier costo, más aun en casos como el presente en los que el Estado promocionó la contratación de los créditos UVA afirmando y asegurando la eliminación del problema inflacionario, resultado que claramente no fue obtenido, sino todo lo contrario, se profundizó, siendo absolutamente injusto cargar a los habitantes de manera individual por las consecuencias de políticas económicas en las que ellos no han tenido incidencia alguna".

El juez concluye en que "hay similares razones para que los particulares renegocien su deuda con las entidades financieras, al igual que el Estado con sus acreedores, por lo que entiendo que corresponde disponer como medida cautelar innovativa que las partes de autos renegocien los términos del crédito bancario en condiciones que el mismo pueda ser abonado por el deudor, para lo cual contarán con un plazo de noventa días a partir de la notificación de la presente".

Mientras dure esa negociación, Pieroni deberá pagar cuotas cuyo monto no supere el 20 por ciento del salario bruto que percibe como empleado del Municipio de General Lavalle.

Finalmente, el juez aclaró que "mucho se ha hablado en estos días de que la justicia al ritmo del poder en Argentina, que ''se apoya siempre del lado que calienta el sol''. Esa afirmación, como toda generalización es mala y desacertada, si bien podría ser aplicable a determinados jueces tristemente célebres, la cantidad que ellos son resulta insignificante ante los miles de jueces que forman parte del poder judicial en todo el País, sea en la justicia federal u ordinaria. Me gustaría seguir profundizando en el tema, pero no es propio es este acto procesal, solo diré que lo decidido no tiene que ver con un cambio de gobierno, que esta es la primera vez que me toca expedirme sobre la cuestión aquí traída, y que decisiones similares ya he adoptado con anterioridad".