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La Cámara de la Industria del Petróleo le pidió al intendente José Eseverri que "independientemente de las actuaciones jurídicas emprendidas o a emprender" por la Nación y la Provincia "reconsidere el tratamiento y se deje sin efecto este nuevo impuesto a los combustibles".

Lo hizo en una nota remitida al jefe comunal con la firma de Patricio Chababo, presidente de la entidad. Copias de la carta fueron remitidas al gobernador Daniel Scioli y al presidente del Concejo Deliberante de Olavarría, Eduardo Rodríguez.

Fuentes del Frente para la Victoria indicaron que aunque las cartas fueron enviadas semanas atrás, Rodríguez no giró copia al resto de los bloques del cuerpo.

El impuesto a los combustibles lo cobran algunas municipalidades bonaerenses y ya hay fallos judiciales en contra. En Olavarría fue aprobado por una circunstancial mayoría conseguida por el oficialista Frente Renovador gracias a la maniobra que incluyó el pedido de licencia de Patricia Bahl, hasta entonces kirchnerista, para que pudiera asumir en dos sesiones el vicepresidente del Consejo Escolar, César Arbío.

Por esa razón dos concejales kirchneristas acudieron a la Suprema Corte de Justicia bonaerense, la que, hasta donde se sabe, aún no tomó ninguna decisión.

En realidad, ese impuesto a los combustibles hasta ahora no es tal, ya que se está cobrando junto con la tasa de Servicios Urbanos y lo pagan todos los contribuyentes, se muevan o no en vehículos con motor.

Para la Cámara del Petróleo, esa "tasa adicional sobre el despacho y la comercialización de combustibles" puede incurrir "en la vulneración de principios liminares de la tributación en la República en materia del Régimen de Coparticipación Federal".

Además sostiene en su nota a Eseverri que "esta medida generará distorsiones en los precios entre municipios vecinos y perjudicará tanto a las estaciones de servicio ubicadas en su distrito como a los consumidores que ya hoy deben cumplir con el pago de impuestos nacionales dedicados a las obras viales como el Impuesto a los Combustibles Líquidos y el Gas Natural".

En la carta se enumeran los argumentos legales contra este tributo extra que quieren percibir algunos municipios. Se señala que "la ley 23.548, a la que adhirió la provincia de Buenos Aires, regula entre otras cuestiones los límites dentro de los cuales los Estados parte pueden ejercer su respectiva potestad tributaria".

Y tal norma "establece en su artículo noveno como obligación asumida por cada jurisdicción que no gravarán ''por vía de impuestos, tasas, contribuciones u otros tributos, cualquiera fuera su característica o denominación, las materias imponibles sujetas a los impuestos nacionales distribuidos ni las materias primas utilizadas en la elaboración de productos sujetos a los tributos a que se refiere esta ley''. Dicha obligación no alcanza a las tasas retributivas de servicios efectivamente prestados".

Se agrega que "dado que el Impuesto a los Combustibles ley 23.966 es un típico impuesto interno específico a los consumos, impone la prohibición contenida en la ley 23.548 de establecer un gravamen específico local".

Luego se asegura que "esta nueva tasa implica desconocer el compromiso adquirido al suscribir el Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento, del 12 de agosto de 1993, aprobado por decreto del Poder Ejecutivo 1807/93 y suscripto por la provincia de Buenos Aires. En lo que aquí interesa, en ese Pacto se acordó derogar los impuestos provinciales específicos que graven la transferencia -entre otros objetos- de combustibles. Tal supresión resulta operativa de pleno derecho (...) y, en tanto dicho Pacto no sea denunciado por alguna de las partes implica el mantenimiento de la situación acordada e impide el establecimiento de un tributo como el que aquí se cuestiona".

Además, "el Decreto-Ley 505/58 ha contemplado en su artículo 29 inciso c) como obligación a cargo de las jurisdicciones adheridas el ''compromiso de no establecer gravámenes locales sobre los combustibles líquidos y no gravar a los lubricantes con impuesto alguno. Estos compromisos alcanzan también a las municipalidades'' ".

Seguidamente se indica que "independientemente de las actuaciones jurídicas emprendidas o a emprender por el Poder Ejecutivo Nacional y por el Poder Ejecutivo de la provincia de Buenos Aires destinadas a desalentar y procurar por medios legales la eliminación del tributo de aquellas jurisdicciones en las que fuera implantado, las empresas de esta Cámara hacen llegar al Sr. Intendente su preocupación por el impacto en las actividades de las estaciones de servicio localizadas en su municipio que seguramente se verán afectadas por esta medida, pudiendo producirse una lógica disminución en sus ventas a expensas del crecimiento en zonas vecinas".

Finalmente, "por todas estas razones es que le solicitamos que se reconsidere el tratamiento y se deje sin efecto este nuevo impuesto a los combustibles".