"La prisión perpetua prácticamente no existe en la legislación actual"
"La prisión perpetua se estableció en los años `20 del siglo pasado para substituir a la pena de muerte, que entonces estaba vigente. Pero en la actualidad, con la normativa actual, a los 20 años se puede pedir la libertad condicional", explicó el magistrado en el auditorio de la Asociación de Abogados de Buenos Aires.
Zaffaroni formuló estas consideraciones durante una charla que auspició la Asociación de Juristas de América y de la que también participaron el ex juez Ricardo Gil Lavedra y la dirigente socialista María Eugenia Barbagelata, integrantes de la comisión que elaboró este anteproyecto que comenzó a debatirse en ámbitos académicos y profesionales.
"El castigo máximo que fijamos es el de 30 años, que es la pena por genocidio fijada por la Convención de Roma. Lo propusimos así porque es lo que establecen los criterios jurídicos internacionales", subrayó el integrante de la máxima instancia del Poder Judicial.
Zaffaroni consideró que la reforma del Código Penal es una necesidad en función de "las sucesivas modificaciones y dispersiones legales que se realizaron sobre el texto original que se sancionó en 1921"
"Hoy no se sabe qué pena tenemos que aplicarle a un acusado. Además, este anteproyecto elimina el criterio de peligrosidad para fundarse en un derecho penal de acto. Una persona debe ser culpada del delito que cometió, no del que puede llegar a perpetrar", subrayó.
Por su parte, Gil Lavedra sostuvo que la comisión en la que participó elaboró "una propuesta sencilla, clara y moderada que se apoya en los fundamentos de un estado de derecho moderno y constitucional".
"La redacción de este Código Penal que estamos discutiendo se funda en cuatro principios: la legalidad estricta, la culpabilidad, la legibilidad y la proporcionalidad de las penas", aportó el ex diputado nacional y dirigente de la UCR.
En tanto, Barbagelata afirmó que con esta propuesta de Código "se agravan muchas penas, sobre todo en lo referido a los delitos económicos", pero planteó algunas disidencias con el anteproyecto redactado.
"Con lo que no coincido es con agravar las penas por aborto culposo o cuando se realicen intervenciones que dañen el feto. Creo, también, que en el marco de las 14 semanas de gestación debería considerarse la no imputabilidad para los casos de interrupción de embarazos", remarcó.
En cambio, Zaffaroni replicó que esas figuras están contempladas en el texto con el fin de "proteger a las mujeres en casos extremos de violencia de género".
"Incluimos estas figuras para juzgar los casos en los cuales se ejerza contra una mujer embarazada una violencia tal que le provoque un aborto", puntualizó Zaffaroni.