El Gobierno Nacional anunció una reducción en la tasa del Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal, que pasa del 2% al 1%, y también fijó un límite a las tasas de interés aplicables a planes de pago para pequeños y medianos contribuyentes.

La medida fue oficializada a través del Decreto 902/2024 publicado en el Boletín Oficial, y tiene como objetivo aliviar la carga impositiva en las operaciones inmobiliarias. A partir de ahora, la tasa se aplicará a toda inscripción, anotación, preanotación o reinscripción que no hubiera sido gravada previamente.

Además, el decreto establece que, en caso de que el documento no especifique el monto de la operación, la tasa se calculará en base a la valuación fiscal de los inmuebles en cuestión, vigente al momento de la solicitud de registración.

Para los casos de compra de inmuebles con destino a vivienda propia mediante planes oficiales de vivienda, la tasa será reducida al 0,5%, siempre que el interesado lo acredite mediante declaración jurada. Esta reducción busca favorecer el acceso a la vivienda.

La medida entrará en vigencia el próximo 29 de octubre, es decir, 15 días después de su publicación en el Boletín Oficial.

Tasa de interés para planes de pago

Por otro lado, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) también tomó medidas para aliviar a los pequeños contribuyentes. A través de la Resolución General N° 5583/24, la AFIP estableció un tope a la tasa de interés para los planes de pago destinados a micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y pequeños contribuyentes.

Con esta medida, la AFIP asegura que la tasa de interés aplicable no supere la tasa que se aplica a otros contribuyentes, garantizando una mayor equidad en las facilidades de pago para aquellos sectores más vulnerables.

Esta decisión se aplicará durante el semestre de octubre a marzo, y se espera que proporcione un alivio financiero para las pequeñas empresas y los contribuyentes que más lo necesitan.