El Presidente Javier Milei  publicó el decreto 780/2024, mediante el cual  modificó la reglamentación de la Ley de Acceso a la Información Pública. El nuevo texto del decreto que reglamenta dicha ley , modifica la idea de "información pública" y también incluyó nuevos requisitos para solicitar datos al Estado. Además, estableció que las autoridades no están obligadas a responder pedidos vinculados con la "esfera típicamente doméstica" de los funcionarios. 

Este cambio ha generado voces críticas , una de ellas es la del abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez, quien desde su cuenta de X (ex Twitter), expreso su opinión sobre el significado del decreto de  Javier Milei que modifico la reglamentación de la Ley de Acceso a la Información Pública: "Atenta contra un derecho considerado esencial para el sistema democrático" y agrego : "La Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso 'CIPECC' (2014) sostuvo que el acceso a la información en poder del Estado es un derecho fundamental y un derecho humano –tanto individual como colectivo- que habilita a cualquier persona a conocer la manera en que sus gobernantes y funcionarios públicos se desempeñan y que la información pública 'no pertenece al Estado sino que es del pueblo de la Nación Argentina y, en consecuencia, la sola condición de integrante de la comunidad resulta suficiente para justificar la solicitud'".

Diputados preocupados por la nueva reglamentación a la Ley de Acceso a la Información Pública.

Desde el bloque Encuentro Federal de la Cámara de Diputados hicieron saber su preocupación por los cambios a la ley de Acceso a la Información Pública que establece el decreto  780/24 de Milei y presentó un pedido de informes al Poder Ejecutivo para que explique los alcances de las restricciones impuestas.

Mediante un proyecto de resolución, y a instancias de una iniciativa de Margarita Stolbizer, la bancada que preside Miguel Pichetto expresó "preocupación" ante un hecho que considera que "desvirtúa el espíritu de la Ley 27.275 de Acceso a la Información Pública".

El decreto reglamentario 780/24 no es un Decreto de Necesidad y Urgencia o DNU, por lo que no debería pasar por el trámite de ser aprobado por el Congreso, es un instrumento que forma parte de las atribuciones del Poder Ejecutivo Nacional de reglamentar las leyes , y está modificando un Decreto Reglamentario de Mauricio Macri; pero la reglamentación de un Ley no debe alterar el espíritu de la misma y en este punto surgen los planteos de inconstitucionalidad.