El organismo recaudador formalizó asimismo la ampliación del régimen de facilidades de pago para deuda corriente. Ambas medidas de estímulo a la regularización fiscal fueron publicadas en el Boletín Oficial, a través de las resoluciones generales 3.630 y 3.631, respectivamente. La primera de las disposiciones incluye a las deudas aduaneras, impositivas y de seguridad social.

El plazo para la adhesión al plan de facilidades de pago concluirá en la semana comprendida entre el 25 al 29 de agosto próximo, según la terminación del CUIT de cada contribuyente, y el pago de cada cuota será mediante débito directo en cuenta bancaria.

Como condición para sumarse a este régimen, los deudores deberán cancelar o regularizar todas las obligaciones que venzan desde el 1º de abril hasta la última fecha prevista, es decir, el 29 de agosto próximo. Los contribuyentes adheridos al plan no podrán reducir la nómina de empleados mientras se encuentren dentro del período de cancelación de deuda.

Según establece la norma, el régimen de facilidades tendrá un máximo de 24 cuotas mensuales, iguales y consecutivas (que deberán ser iguales o superiores a 150 pesos), y una tasa de interés de 1,9% mensual (22,8% anual). La segunda resolución publicada hoy -que al igual que la otra lleva la firma del titular de la AFIP, Ricardo Echegaray- modifica una anterior similar, la número 3.516.

Se establece así un plan destinado a facilitar la cancelación de obligaciones de empleadores con ventas o ingresos brutos anuales de hasta 50 millones de pesos, mientras en el caso de locaciones y/o prestaciones de servicios, los montos deberán ser inferiores o iguales a 30 millones (el tope hasta ahora era de 10 millones).

Al igual que en la primera medida, es condición que los empleadores mantengan los puestos de trabajo registrados al momento de la adhesión al plan de facilidades de pago. Los sistemas operativos estarán disponibles desde el 6 de junio para el caso de los planes de deuda corriente, y a partir del 16 del mes próximo para el plan de deuda vencida al 31 de marzo.

DIB