El proyecto de ley de Zonas Frías, debatido en la Cámara de Diputados, impulsa una reducción en las tarifas de gas para municipios bonaerenses y de Santa Fe, Córdoba, Mendoza, San Juan, San Luis y Salta en los que se registran bajas temperaturas, lo que beneficiará a más de tres millones de usuarios.

Con 190 votos a favor, 16 en contra y 43 abstenciones la Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley "Ampliación del Régimen de Zona Fría" presentado en la Cámara de Diputados de la Nación que busca prorrogar por 10 años el fondo fiduciario para subsidios de consumos residenciales de gas.

El proyecto de ley fue elaborado por la Diputada Nacional olavarriense Liliana Schwindt.

Los detalles del proyecto

Los residentes de esas zonas que registran temperaturas muy bajas durante el invierno tendrán una disminución de entre 30% y 50% en las facturas de gas, de acuerdo a la situación económica de cada sector, según uno de los artículos de la iniciativa.

Reducirá en las zonas comprendidas las tarifas de gas en alrededor de 50 por ciento a los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo, de pensiones no contributivas y jubilados -hasta 4 salarios mínimos-, del monotributo social, usuarios que perciben seguro de desempleo y empleados de casas particulares.

También podrán tener este beneficio quienes estén exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza o los que tengan una pensión vitalicia como veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

Respecto del resto de los usuarios residenciales, la tarifa diferencial implicará una disminución del 30% de la factura de gas correspondiente.

El proyecto prorroga por 10 años el Fondo Fiduciario de Consumos Residenciales de Gas (artículo 75, Ley 25.565) y aumenta la cantidad de departamentos y localidades de todo el país de temperaturas bajas comprendidos en este beneficio.

Localidades alcanzadas

Así, zonas de Córdoba, de San Luis y del sur de Santa Fe se sumarían a los departamentos o partidos de las provincias de Buenos Aires, Mendoza, San Juan, Salta y San Luis contemplados en el texto original.
Allí constaba que se aplicaría originalmente en la provincia de Mendoza; en los departamentos sanjuaninos de Jáchal, Sarmiento, Ullum, Zonda, Calingasta, Iglesia, Albardón, Capital, Chimbas, 9 de Julio, Pocito, Rawson, Rivadavia, Santa Lucía, San Martín, 25 de Mayo, Angaco y Caucete.
En los departamentos salteños de Cachi, Cafayate, La Paloma, Los Andes, Rosario de Lerma, San Carlos; la Región conocida como la "Puna" y en el Departamento General Pedernera, en San Luís.
También en los municipios bonaerenses del Partido de La Costa, Pinamar, Villa Gesell, Mar Chiquita, General Pueyrredón, General Alvarado, Lobería, Necochea, Tres Arroyos, San Cayetano, Coronel Dorrego, Monte Hermoso, Coronel Rosales, Bahía Blanca, Villarino, Patagones, Tandil, Olavarría, Azul, General La Madrid y Coronel Suárez.
También en Saavedra, Tornquist, Coronel Pringles, Laprida, Benito Juárez, Gonzales Chaves, General Juan de Madariaga, General Lavalle, Ayacucho, Rauch, Pellegrini, Salliqueló, Guaminí, Tres Lomas, Daireaux, Balcarce, Puán, Adolfo Alsina, Tapalqué, General Guido, Castelli, Dolores, Maipú, Tordillo, Hipólito Yrigoyen, Carlos Tejedor, Bolívar, Pehuajó, Trenque Lauquen, General Alvear, Rivadavia, General Villegas y Carlos Casares. (Télam)