La semana pasada el Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires rechazó un recurso de apelación presentado por el hombre condenado por matar a Valentina Gallina y confirmó la sentencia del Tribunal Oral y Criminal N° 1 de Azul.

La resolución de la Sala III de la Casación fue firmada el miércoles 30 de agosto por los doctores Borinsky y Violini.

Alejandro Diego Ezequiel Pais es el nombre del condenado por el brutal crimen de Valentina Galli y fue condenado tras una sentencia dictada por el Tribunal y Criminal N° 1 de Azul luego de un juicio por jurados. Pais enfrenta una sentencia de prisión perpetua por ser autor penalmente responsable del delito de “homicidio triplemente calificado por ser cometido contra una mujer con la que mantuvo relación de pareja, por su comisión con ensañamiento y habiendo mediado violencia de género”.

La supuesta inimputabilidad del criminal

Uno de los motivos de la apelación de parte de los Defensores oficiales de Pais era que no se respetó el debido proceso dado que al momento de elevar la causa a juicio no se realizó una pericia para determinar si el encartado pudo o no comprender la criminalidad de sus actos. El segundo ataque que la defensa realiza a la sentencia de la primera instancia tiene que ver con la pena dado que consideran que la prisión perpetua “resulta cruel, inhumana y degradante”. Ambos pedidos fueron rechazados de manera tal que la sentencia del TOC N° 1 no se modifica.

En primera instancia, el doctor Borinsky fundamenta que la no realización de la pericia “no resulta una nulidad absoluta e insalvable”. De todas maneras, Casación resalta que fue el propio Pais quien se negó a someterse a dicha pericia y eso están en el expediente judicial.

De esta manera, Casación no encuentra fundamentos para adherir al fundamento de la supuesta inimputabilidad que pretende instalar la defensa de Pais. Casación sostiene que los argumentos de la inimputabilidad no fueron planteados en los procesos anteriores de esta causa.

Abundando en el punto de la supuesta inimputabilidad de Pais, la Cámara dijo que las instrucciones dadas al jurado popular fueron totalmente claras para que, en caso de considerar culpable al encartado, tuviesen en cuenta la posibilidad de que este no haya podido comprender la criminalidad de sus actos. Con esta afirmación del doctor Borinsky además de la sentencia se pone relieve el buen trabajo realizó por los ciudadanos que declararon culpable al femicida de Valentina.

La inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua

Dado que la Defensa Oficial de Pais apeló el monto de la pena y cuestiono que está sea la de prisión perpetua, la Cámara de Casación también dedicó fuertes argumentos para rechazarla. El juez Borinsky en el fallo da cuenta que las leyes actuales de Ejecución Penal contemplan distintas figuras que permiten morigerar la pena para que ésta a los postres no sea perpetua. Habla de salidas transitorias y otras. Pais hoy no tiene acceso a ningunas de esas morigeraciones.

Borinsky deja en claro que las penas “perpetuas” no son “tales” y menciona las morigeraciones a las que pueden acceder quienes hayan recibido esa condena.

Diego Pais asesinó a Valentina Gallina en enero del 2020 en una vivienda ubicada en el barrio Isaura y el femicidio generó fuertes movilizaciones en Olavarría.