Caso Simón: la Cámara anuló el juicio abreviado y la sentencia contra Jaureguiber
Se trata de un fallo sin precedentes en la provincia de Buenos Aires. La Cámara de Apelaciones declaró la inconstitucionalidad del artículo 402 del Código Procesal Penal bonaerense, por lo que el hombre que atropelló y mató al joven de 19 años en la ciudad de Tandil deberá ser juzgado nuevamente.
Ante un pedido presentado por el representante de la familia de Sebastián Simón, el joven tandilense de 19 años atropellado y abandonado por el aquel entonces funcionario municipal Luciano Jaureguiber, la Cámara de Apelaciones decidió anular el juicio abreviado y la sentencia dictada en febrero.
En febrero, el Juez Pocorena había admitido el juicio abreviado contra Luciano Jaureguiber y el ex funcionario fue condenado a tres años de prisión de efectivo cumplimiento. Además, se dispuso la inhabilitación especial para conducir vehículos automotores por el término de cinco años.
Sin embargo, ante el recurso presentado por el letrado Marcelo Argeri, la Cámara declaró la inconstitucionalidad del artículo 402 del Código Procesal Penal bonaerense, entre los principales argumentos para avalar la decisión tomada.
De esta manera, se trata de un fallo sin precedentes, ya que es la primera vez que se declara inconstitucional este artículo en la Provincia.
Ahora, se deberá retomar el proceso judicial con el sorteo de un juez hábil y el posterior juicio oral y público.
Respecto al futuro del imputado, el abogado defensor Luciano Tumini expresó que "no modifica la situación procesal de Luciano Jaureguiber mientras él cumpla todas las obligaciones que se le impusieron. Seguirá en libertad hasta que se realice un nuevo juicio".
Fuente: El Diario de Tandil