Buscan fijar las fechas anuales para que el Secretario de Gobierno concurra al Concejo
La concejal Victoria De Bellis presentó una nota para que la Presidencia del HCD convoque a la comisión que fijará las citaciones. La primera sesión con Hilario Galli debería ser antes del 31 de mayo. Con ello, comenzará la aplicación de la ordenanza 4.552 aprobada en 2020.
La nota fue presentada el lunes en el ámbito del deliberativo, primer día del periodo ordinario.
La concejal del bloque Cuidemos Olavarría es además la autora del proyecto que llevó a la aprobación de la ordenanza el año pasado, aunque su cumplimiento se iniciará este año.
En concreto, a través de la nota, De Bellis pidió al presidente del cuerpo, Bruno Cenizo, que "convoque a reunión de labor parlamentaria a los fines de fijar fecha de concurrencia a este Concejo Deliberante del señor secretario de Gobierno, Hilario Galli".
A su vez, se recordó que "tal como lo dispone la ordenanza municipal 4.552/20 es facultad de este cuerpo determinar las fechas de concurrencia de dicho funcionario e informar la decisión al Departamento Ejecutivo Municipal en el inicio del período ordinario de sesiones".
Esta normativa prevé al menos dos audiencias al año con el secretario, la primera de las cuales debería concretarse antes de fin de mayo.
La ordenanza
La ordenanza aprobada a principios de septiembre aunque promulgada a fin de ese mes con el veto de dos artículos estableció "el mecanismo de acceso a informes de gestión del Departamento Ejecutivo Municipal al Honorable Concejo Deliberante".
Se fijó así la concurrencia del funcionario, en este caso Hilario Galli, "como mínimo dos veces anualmente, durante el período de sesiones ordinarias de cada ejercicio". Es decir, el secretario debe presentarse durante una sesión y puede concurrir acompañado por otro funcionario.
Las fechas deben fijarse "antes del tratamiento de la Rendición de Cuentas" y "con posterioridad a la presentación del presupuesto".
La presidencia del Concejo es la dependencia encargada de informar al Ejecutivo "en el inicio del periodo de sesiones ordinarias" las fechas en las que deberá asistir el Secretario de Gobierno.
Respecto de la intervención del titular de la secretaría, la ordenanza 4.552 determinó que los bloques deben presentar con "una antelación de 10 días hábiles administrativos a través de la Presidencia del Cuerpo" las preguntas y temas sobre los que esperan que se explaye.
En base a esta normativa, la primera presentación de Galli debería concretarse antes del 31 de mayo y la segunda durante el mes de noviembre.