"Tras finalizar el período previsto por el Estatuto Social de la Cooperativa Ltda. de Consumo de Electricidad y Servicios Anexos de Olavarría para la presentación de las Listas interesadas en participar de la Asamblea Electoral de Distrito, desde la Lista Amarilla se informa a la comunidad que se presentó en tiempo forma la Lista con 95 candidatos a Delegados Titulares y 32 candidatos a Delegados Suplentes avalados por cuatro asociados cada uno, completando las correspondientes 635 firmas en el plazo y las condiciones estipuladas estatutariamente, tal como se ha hecho ante cada convocatoria electoral.

En tanto la Lista Verde Nueva Energía, en igual tiempo y condiciones, NO consiguió el respaldo necesario de los asociados para conformar su Lista por lo que la presentó de manera incompleta. Por tal motivo - y de acuerdo al Estatuto - el próximo lunes el Consejo de Administración de Coopelectric deberá evaluar las dos listas presentadas y decidir sobre sobre su aprobación o no.

Al mismo tiempo, resulta pertinente mencionar que durante el último año y medio la Lista Amarilla ha sido víctima de una interminable cantidad de agresiones e informaciones de carácter malicioso por parte de los integrantes de la lista Verde Nueva Energía, demostrando un total desconocimiento normativo y estatutario.

Tal es así, que caprichosa e infundadamente Nueva Energía candidateó al Sr. Luis Cavalli como futuro presidente del Consejo de Administración de Coopelectric, cuando en realidad lo que se elige en la Asamblea Electoral de Distrito es la Lista de Delegados que conformará el Cuerpo de Delegados para representar a los asociados en las Asambleas generales de la institución.

Llama poderosamente la atención que a tan sólo a 24 horas del vencimiento del plazo para la presentación de Listas - el cual se cumplió el pasado viernes a las 13 horas - la Lista Verde Nueva Energía haya pretendido que se contemplen situaciones contrarias a lo establecido por el Estatuto Social. Sin duda ello evidencia la clara intención de justificar su imposibilidad para cumplir con los requerimientos estatutarios y su interés por iniciar una improcedente e infundada acción judicial.

Desde la Lista Amarilla entendemos que debe primar el respeto por la Ley de Cooperativas, por el Estatuto Social en tanto legislación que rige el funcionamiento de las entidades asociativas y principalmente por las instituciones. La intención de vulnerar e infringir la normativa que ha sido aprobada por el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), no hace más que obstaculizar el normal desarrollo del proceso eleccionario atentando contra el ejercicio de la democracia Cooperativa".