El texto completo presentado ante el presidente del Concejo Deliberante Bruno Cenizo.

Por medio de la presente nos dirigimos a Ud. a fin de formular formal IMPUGNACION al cargo de mayor contribuyente del asambleísta CARLOS MARTINIS, en virtud que el mismo resulta ser proveedor municipal por su carácter de miembro de la empresa ARMANDO MARTINIS S.A, en consecuencia se encuentra alcanzado por las inhabilidades dispuestas en el art. 94 Apart. 2 inc d) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, por remisión al art. 6 de la misma norma (ARTICULO 6°: No se admitirán como miembros de la Municipalidad: 1.- Los que no tengan capacidad para ser electores. 2.- Los que directa o indirectamente estén interesados en algún contrato en que la Municipalidad sea parte, quedando comprendidos los miembros de las sociedades civiles y comerciales, directores, administradores, gerentes, factores o habilitados. No se encuentran comprendidos en esta disposición, los que revisten en la simple calidad de asociados de Sociedades Cooperativas y Mutualistas (..)

En virtud de lo expuesto y toda vez que resulta facultad del Cuerpo Deliberativo, determinar si los inscriptos reúnen las condiciones establecidas en la ley y, en su caso, eliminar de la lista a quienes no la cumplan. (art. 94 inc 4), solicito se ponga a consideración de éste HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, la impugnación formulada.

A mayor abundamiento, a fin de justificar documentadamente la oposición, se acompaña planilla de listado de órdenes de compra, y ficha de proveedor, donde figura la firma ARMANDO MARTINIS SA como inscripto en el Registro Municipal.