La iniciativa se basa en el artículo 27 inciso 9 de la Ley Orgánica de las Municipalidades que establece que es competencia del Honorable Concejo Deliberante "reglamentar la instalación y el funcionamiento de establecimientos sanitarios y asistenciales (...)".

Bajamón apela a "la sensibilidad del Municipio local" y señaló que en caso de que "no se tomara esta ordenanza como algo importante, hay gente dispuesta a colaborar. Si la alternativa de la ordenanza no le gusta el Ejecutivo, nos vamos a organizar en una asociación civil para hacer lo que no hace el Estado Municipal". Aunque el primer paso es la presentación en el cuerpo deliberativo en la búsqueda de consenso.

El proyecto contempla que el Hogar de Tránsito Municipal debe contar con al menos un trabajador social, un profesional de la salud, un cocinero y personal de maestranza.

Contaría con cocina comedor, baño con duchas para hombres y mujeres, habitaciones para hombres, para mujeres y padres o madres con hijos además de un patio y juegos infantiles.