Un vecino de Tapalqué denunció penalmente a la Planta Depuradora de Coopelectric por "contaminación del arroyo Tapalqué". Según describió en el escrito presentado este viernes en el Palacio de Justicia de Azul, la Planta "volcaba el efluente cloacal a las aguas del arroyo Tapalqué sin el debido tratamiento".

Al mismo tiempo, denunciaron que "esta práctica sucede año tras año perjudicando el ambiente (aguas, subsuelo, flora y fauna)". En este sentido, explicó que la situación se puede comprobar con "7 cuadernos que tiene en su poder de distintos años en donde los empleados de la planta anotaban las novedades que ocurrían en sus guardias".

"La novedad más recurrente es la apertura del By Pass, maniobra adoptada para tirar directamente todo el crudo al arroyo sin ningún tipo de tratamiento", agregó.

En junio de este año, luego de dos meses sin respuestas, el denunciante y los integrantes del grupo Remada Verde se manifestaron en las puertas del HCD y frente a la sede de Coopelectric para reiterar su reclamo por la contaminación de las aguas del arroyo Tapalqué a partir del aparente vertido de líquidos cloacales. Además, repartieron folletos para sensibilizar a los vecinos.

En la denuncia expone que, en su visita al vuelco final de la planta pudieron constatar que "las aguas caían turbias de la boca de salida de la planta depuradora, de color marrón y con olor nauseabundo que impregnaba hasta la ropa".

"A raíz de todo lo descripto me surge una gran preocupación junto con la ciudadanía de Tapalqué, teniendo en cuenta que con Olavarría compartimos este mismo arroyo y estando la ciudad de Tapalqué aguas abajo recibimos todo el caudal o torrente infectado y/o contaminando. Aguas que se extraen para potabilizar por parte de ABSA S.A., balneario para recreación de la población local y turistas, consumo de peces, etc. Todo esto me hace suponer que la salubridad de la población de Tapalqué, ha estado, está y seguirá estando en peligro, por la indiferencia y desidia de las autoridades municipales olavarrienses y tapalquenses", señaló el denunciante.

La denuncia hace mención a la Ley Provincial 5965 de Protección a las fuentes de provisión y a los cursos y cuerpos receptores de agua y a la atmósfera.

Según establece su artículo 2: "Prohíbese a las reparticiones del Estado, entidades públicas y privadas y a los particulares, el envío de efluentes residuales sólidos, líquidos o gaseosos, de cualquier origen, a la atmósfera, a canalizaciones, acequias, arroyos, riachos, ríos y a toda otra fuente, cursos o cuerpo receptor de agua, superficial o subterráneo, que signifique una degradación o desmedro del aire o de las aguas de la provincia, sin previo tratamiento de depuración o neutralización que los convierta en inocuos e inofensivos para la salud de la población o que impida su efecto pernicioso en la atmósfera y la contaminación, perjuicios y obstrucciones en las fuentes, cursos o cuerpos de agua".

Mientras que su artículo 7 expresa: "Las municipalidades ejercerán la inspección necesaria para su fiel y estricto cumplimiento, como así también ejecutarán de oficio y por cuenta de los propietarios, cuando estos se rehusaran a hacerlo, todos los trabajos indispensables para evitar perjuicios o neutralizar la peligrosidad de los efluentes, y procederá, si fuera necesario, a la clausura de los locales o lugares donde éstos se produjeran".