El fallo de la jueza Cecilia Desiata se reveló en el cierre de la jornada del lunes último, cuando las partes fueron notificadas acerca de la resolución del Juzgado Correccional de forma virtual. A partir de la prueba elaborada y los testimonios escuchados en las dos audiencias que se realizaron en la sede del Poder Judicial de nuestra ciudad, la magistrada olavarriense entendió que "en el juicio se probó sin lugar a dudas que Padín fue quien causó la muerte de Zelaya. Ello de manera culposa".

El choque ocurrió pasadas las 5.30 del sábado 23 de marzo de 2019 en el cruce de San Martín y Alsina, cuando un Fiat Uno color rojo, que era conducido por Padín y se dirigía por la primera de las arterias mencionadas, embistió con la parte frontal izquierda a una motocicleta Yamaha YBR de 125 centímetros cúbicos de cilindrada que se dirigía por Alsina. En la misma circulaba Jonathan Zelaya, de 28 años, quien se dirigía a buscar un compañero de trabajo. El impacto le ocasionó a la víctima un "traumatismo encéfalo craneano grave y contusión pulmonar derecha", lo que provocó otras complicaciones y su posterior fallecimiento el 27 de marzo de ese mismo año.

En la resolución a la que tuvo acceso EL POPULAR se detalla que Padin arribó a la intersección de San Martín y Alsina "a 52 km/h, superando la velocidad precautoria y establecida para realizar cruces en zona urbana, no teniendo en cuenta los riesgos propios de la conducción, e inobservando las normas de circulación vehicular".

La jueza Desiata citó además la propia declaración del imputado, quien manifestó que en la primeras de las audiencias que esa noche circulaba "a una velocidad de 40 km/h, aproximadamente". Narró además que "al llegar a Alsina, miró a la izquierda y, no venía nadie. En ningún momento vio la luz de la moto. Dio un volantazo para evitar el accidente. Que salió sin la intención de chocar ni matar a nadie y pidió disculpas. Insistió en que no vio la luz de la moto y que fue ‘un pestañeo’. Que no frenó que atinó a acelerar".

En el fallo dictado por la jueza Desiata, que coincidió con lo solicitado por la Fiscalía 4 en la instancia de alegatos, se dispuso que la pena de dos años de prisión será de ejecución condicional por el mismo periodo de tiempo, situación sujeta a que el acusado cumpla con una serie de obligaciones, como lo son fijar y mantener domicilio, concurrir a todas las citaciones que de la sede penal se le cursen, someterse al cuidado de Patronato de Liberados Local y abstenerse de abusar de bebidas alcohólicas y de consumir estupefacientes.

Durante las audiencias se escucharon las declaraciones de peritos que trabajaron en el lugar el día del choque, a través de los que dio como demostrado que Zelaya llevaba las luces encendidas de la motocicleta mientras conducía y que "la moto absorbió parte de la velocidad del rodado y que ello se ve en el arrastre", según las pericias accidentológicas.

Citó también la declaración de tres agentes policiales que trabajaron ese día en el lugar, y de tres civiles presentes en el sector de forma ocasional. Dos de ellas fueron jóvenes que estaban en el interior de un vehículo estacionado sobre calle San Martín, entre Alsina y Vicente López, quienes escucharon el ruido del choque y luego sintieron que se movía el vehículo, producto de que había ocurrido un choque en cadena. El mismo sucedió cuando, luego de embestir a Zelaya, el Fiat Uno chocó contra un Toyota Corolla que estaba estacionado, que a su vez impactó a un Ford Ka y este último a un Volkswagen Gol.

La investigación de la causa estuvo a cargo de la fiscal María Paula Serrano, quien además encabezó la parte acusatoria durante el juicio. En el mismo el doctor Nahuel Menón se constituyó como patrocinante de la pareja de Zelaya, y el abogado Marcelo Fuche defendió legalmente a Padín.