En el cierre de la tarde del viernes el joven de 20 años fue aprehendido en una vivienda de Amparo Castro al 5700, uno de los cinco puntos donde distintas fuerzas policiales de la ciudad llevaron adelante allanamientos por las investigaciones de dos abigeatos que ocurrieron en el transcurso de los últimos días.

Según indicaron fuentes relacionadas con las pesquisas, agentes de la Subdelegación Departamental de Investigaciones Olavarría encontraron en el patio de ese domicilio un total de once plantas de marihuana, que arrojaron un pesaje de 69,02 kilos. La mayoría de las plantas tenían una altura superior a los dos metros, y algunas de ellas se acercaban a los casi tres metros de altura.

En este marco los efectivos dieron intervención al fiscal Lucas Moyano, titular de la Unidad Funcional de Instrucción Nº 19 especializada en estupefacientes de Olavarría, quien solicitó la aprehensión del dueño de la casa. Asimismo los agentes policiales secuestraron un teléfono celular, elemento que se consideró "apto" para llevar adelante la comercialización de estupefacientes. Por esta razón la fiscalía solicitó al Juzgado de Garantías Nº 1 la apertura de dicho teléfono.

El sábado a la mañana se realizó la audiencia de defensa del imputado en la sede del Poder Judicial, donde el joven fue indagado por el fiscal Moyano. En esta instancia se lo notificó del inicio de las actuaciones por infracción a la ley 23.737, y además el titular de la UFI 19 solicitó la conversión de aprehensión en detención a la jueza de Garantías, Fabiana San Román, magistrada que había ordenado los allanamientos. La titular del Juzgado de Garantías Nº 1 de nuestra ciudad cuenta con un plazo de cinco días para dar respuesta a esta requisitoria.

Mientras tanto, el joven permanecía alojado en la comisaría Primera de Olavarría. El fiscal Moyano lo imputó por el delito de "tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización destinadas directamente al consumidor", en el marco de lo que establece el artículo 5 de la ley de Estupefacientes.

El inciso c) de dicha normativa resuelve que será reprimido con prisión de cuatro a quince años y multa de 45 a 900 unidades fijas (esto es, de 4.095 a 81.900 pesos) quien sin autorización o con destino ilegítimo "comercie con estupefacientes, precursores químicos o cualquier otra materia prima para su producción o fabricación o los tenga con fines de comercialización, o los distribuya, o dé en pago, o almacene o transporte".