El juez Carlos Villamarín dictó esta medida contra Matías Daniel Ortiz en los primeros días de esta semana, cuando se cumplió un mes de la detención del hombre. Ortiz fue imputado por el fiscal Lucas Moyano por el delito de "tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización en dosis fraccionadas destinadas directamente al consumidor agravado por cometerse en las inmediaciones de un establecimiento de enseñanza", de acuerdo a lo que estable la ley 23.737. Sin embargo, el Juzgado de Garantías no dio por acreditado ni al momento de la detención ni en la prisión preventiva la circunstancia que agravaría el delito inicial.

A partir de esta resolución, Ortiz continuará detenido en una cárcel del Servicio Penitenciario Bonaerense en principio hasta que se lleve adelante el juicio en su contra.

El artículo 5 de la ley 23.737 establece penas de 4 a 15 años de prisión para quien "comercie con estupefacientes, precursores químicos o cualquier otra materia prima para su producción o fabricación o los tenga con fines de comercialización, o los distribuya, o dé en pago, o almacene o transporte".

Agentes del Grupo de Avanzada de Drogas Ilícitas y Crimen Organizado de Olavarría allanaron el domicilio de Urquiza entre Sargento Cabral y Alvaro Barros luego de una extensa investigación que indicaba que Ortiz se dedicaba a vender drogas. Tal es así que en ese procedimiento secuestraron un automóvil Renault Sandero que se presume era utilizado para comercializar la cocaína a modo de delivery.

Voceros policiales reflejaron sobre este allanamiento que cuando ingresaron a la vivienda los tres demorados, dos de los que luego fueron puestos en libertad por el juez Villamarín, estaban "a punto de fraccionar cocaína". Secuestraron allí casi 100 gramos de clorhidrato de cocaína, una pequeña dosis de marihuana, cuatro teléfonos celulares, una suma cercana a los 70 mil pesos y elementos de fraccionamiento, como banditas elásticas, recortes de nylon y balanzas de precisión.