- Las actividades económicas pueden funcionar de 6 a 23 horas con cumplimiento estricto de protocolos y la circulación.

- Restaurantes, bares y pubs pueden funcionar en el interior como en el exterior respetando la capacidad de ocupación determinada por el Comité de Seguimiento y cumpliendo los protocolos vigentes.

- Se puede realizar actividad deportiva individual o grupal en espacios cerrados o al aire libre, cumpliendo con los protocolos vigentes y el aforo correspondiente a cada institución.

- Se puede realizar actividades religiosas, con aforo y cumplimiento de protocolo

- No pueden realizarse reuniones sociales ni familiares en domicilios particulares de personas no convivientes.

- Personal esencial (enfermeras, cuidadoras domiciliarias, acompañantes, etc.) está exceptuado de las restricciones de circulación desde y hacia sus lugares de trabajo.

- Pueden realizarse actividades culturales y educativas con los cumplimientos de los protocolos y aforos correspondientes.

- Parques y plazas permanecen abiertos

- Se mantiene, de acuerdo con la normativa nacional, la prohibición de circular entre distritos (no esenciales).