Entre los cambios más relevantes se encuentra la ampliación del período de prueba de tres a ocho meses, con la intención de evitar su uso abusivo por parte de los empleadores.

Otro punto importante es la eliminación del descuento automático del 0,5% al 2% de los sueldos para el aporte sindical. Ahora, los trabajadores deberán dar su consentimiento explícito para dicho descuento, lo que reducirá los ingresos de los sindicatos y permitirá a los trabajadores disponer de una parte mayor de su salario.

En cuanto a la licencia por maternidad, las embarazadas podrán trabajar hasta 10 días antes del parto, lo que les dará más control sobre cómo tomar sus días de licencia preparto y postparto.

Se establecen medidas para prevenir la injuria grave durante las medidas de acción sindical, protegiendo la libertad de trabajo de quienes no participen en ellas.

El decreto también permite cambios en el sistema de indemnizaciones a través de convenios colectivos, y los empleados podrán optar por un sistema privado de capitalización para solventar sus indemnizaciones.

Se identifican servicios esenciales, como la educación y la salud, que deben mantener una prestación mínima del 7,5% en ningún caso.