La novedad respecto de los anuncios que daban cuenta de dos escalas nuevas de tributación fija adicional a los valores que rigieron hasta el cierre de agosto de $4 para los productos primarios, y de $3 para los bienes elaborados, es que fija una alícuota general de emergencia de 12%. Pero, en el artículo siguiente la norma específica: "El derecho de exportación establecido en el artículo 1 no podrá exceder de $4 por cada Dólar Estadounidense del valor imponible o del precio oficial FOB, según corresponda".

"Para las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM) detalladas en el Anexo I que forma parte de este decreto, ese límite será de $3 por cada dólar estadounidense del valor imponible o del precio oficial FOB, según corresponda", se informó. Y agregó que "en el caso de mercaderías cuya exportación ya está gravada, el derecho de exportación establecido en el artículo 1° será adicionado a los derechos de exportación vigentes, incluyendo los establecidos en el artículo 3º de este decreto".

Al tipo de cambio promedio de $37,40 por dólar en el mercado mayorista que se negoció este lunes los montos máximos y mínimos fijos de las nuevas retenciones representaron sendas alícuotas adicionales de 10,7% y 8%, respectivamente. Para que los productos manufacturados pasen a tributar la alícuota máxima de 12% adicional la cotización del dólar para el comercio exterior debería caer por debajo de $33,33 para los productos primarios y de $25 para el resto.

Por retenciones, según estimaciones oficiales, el Estado tendrá una recaudación adicional de 68 mil millones de pesos en lo que resta de 2018 y de 280 mil millones de pesos en 2019. 

La norma llevó las firmas del presidente Mauricio Macri, del jefe de Gabinete, Marcos Peña, de los ministros Dujovne y Dante Sica y del secretario Luis Miguel Etchevehere.