"No estaban dados bajo ningún concepto los agravantes que exigía la Fiscalía"
Tras tres días de declaraciones, este viernes el jurado integrado por 12 civiles resolvió el veredicto de culpabilidad hacia Susana Stuñek por "homicidio simple", por el crimen de María Elena "Nené" Vigneau, ocurrido en enero de 2017 en Sierras Bayas. La figura se aleja notablemente de lo solicitado por la fiscalía, que hubiese permitido condenar a Stuñek a reclusión perpetua. La escala penal del homicidio simple va de los 8 a los 25 años.
El Dr. Gustavo Herrera, abogado defensor de Stuñek, dialogó con el periodista Ignacio Cerdera, y explicó que "si bien no es lo que esperaba, porque yo consideraba que la situación que se planteó se podía entender que se trató de un homicidio en emoción violenta, si coincido con el jurado que no estaban dados bajo ningún concepto los agravantes que exigía la fiscalía. Nosotros entendíamos que sí había un homicidio, de hecho, reconocimos su autoría, pero no se había dado como se relató".
"El homicidio simple sí tiene y encuadra más que el extremo que pedía el Ministerio Público Fiscal, porque no me parecía que hubiese elementos como para que una persona termine de por vida detenida", expresó Herrera.
Para el abogado de Stuñek, "creo que el jurado entendió que esto era una cuestión netamente de un hecho en sí, asumido por la parte, y que no hubo más extremos o más agravantes como pedía la fiscalía. Fue un hecho que se dio en esas circunstancias y se entendió. Sí coincido con el jurado en que no había posibilidad de que una persona termine privada de su libertad por el resto de su vida con elementos o agravantes que no existieron y que no se pudieron probar".