En los últimos un joven olavarriense de 24 años recibió una condena de prisión de más de 9 años, un monto de pena fue acordado entre la defensa y la fiscalía interviniente. No obstante, la jueza que encabezó el proceso no acompañó todos los planteos, ya que en la resolución incluyó además la declaración de reincidencia contra el acusado, un ítem que las partes habían acordado no incluir.

Se trata del proceso judicial contra Franco Escaig, quien en el cierre de la tarde del 26 de agosto del año 2016 fue retenido en los fondos de una vivienda ubicada sobre Córdoba al 4200, donde había sido descubierto por el dueño del lugar.

Minutos antes había asaltado una agencia de quinielas ubicada en las inmediaciones del cruce de las avenidas Avellaneda y Urquiza. Si bien buscó desprenderse de todo lo sustraído e inclusive la moto en la que se movilizaba, diversos indicios y averiguaciones recabadas por los investigadores fueron clave para ubicarlo en la escena como el autor del hecho.

Fue quizás por ello que al momento de la instancia de debate la defensa del joven, desarrollada por la defensora oficial Adriana Hernández, optaron por no cuestionar la autoría y acordar el monto de pena -entre otra serie de cuestiones- con la querella, llevada adelante por la fiscal María Paula Serrano, y dirimir todo en un juicio abreviado, cuya definición recayó en manos del juez Gustavo Abudarham, del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2 de Azul.

"No, que casco ni casco. Dame todo, porque te quemo al pibe". Esa habría sido la amenaza que Escaig gritó a poco de ingresar a la agencia de quinielas "Colorado el 3", ubicada sobre avenida Urquiza al 1200. La responsable del lugar le había dicho que se quitara el casco de la moto, lo que nunca pensó fue que la respuesta sería no sólo esa amenaza, sino además que esgrimió un arma y le apuntó directo al cuerpo del hijo de la comerciante.

El episodio, tal cual fue ratificado por el juez Abudarham, fue encuadrado como un "robo calificado por el uso de armas y portación ilegítima de arma de fuego de uso civil, en concurso real de acciones". Por eso hecho se dispuso la condena de 6 años y 8 meses de prisión pero, a la par, se le dispuso como pena única 9 años y 8 meses de prisión, incluyendo una condena que se le había aplicado a mediados de septiembre del 2014 por otro asalto.

Ese sentencia fue realizada desde el Tribunal Nº 1 en el marco de la investigación de un "robo calificado por el uso de arma impropia" ocurrido durante octubre del 2013 y por el cual Escaig estuvo detenido únicamente un año, pese a haber sido condenado a 4, ya que le había sido otorgada la libertad condicional. Fue por ello que el juez azuleño rechazo que no le fuera aplicada la reincidencia.

Los detalles de la decisión judicial, en diario El Popular