Dando cumplimiento a la Ordenanza 3302/09, el Juzgado Municipal de Faltas aplicó en los últimos días una multa al propietario de un perro que, en la vía pública, mordió a un vecino.

La Ordenanza 3302/09 ordena en el partido de Olavarría un plan de concientización en la tenencia responsable de mascotas, educación, proteccionismo y retiro de caninos y felinos de la vía pública en prevención de la salud, accidentes y antropozoonosis.

El Juzgado Municipal de Faltas recepcionó actuaciones a raíz de una mordedura de la que fue victima un transeúnte por parte de un perro. En primera instancia en el hecho intervino la Dirección de Inspección Sanitaria y Bromatología.

Por esta mordedura en la vía pública, por parte de un perro tipo fox terrier, se impuso a su dueña por la infracción al Art. 11 incs. a), c) y d) de la Ordenanza 3302/09, respecto de la tenencia de animales (circulación en la vía pública sin collar, pretal y/o bozal; por falta de vacunación antirrábica; morder en la vía pública o en domicilio particular sin tomar los recaudos correspondientes) la sanción de multa 778 pesos.

La ordenanza 3302/09 prevé sanciones ante las siguientes situaciones:

a) Por la circulación en la vía pública sin collar, pretal y/o bozal.

b) Por circular, pasear, entrenar, etc. en lugares prohibidos

c) Por falta de vacunación antirrábica.

d) Por morder en la vía pública o en domicilio particular sin tomar los recaudos correspondientes:

e) Por comercializar cualquier tipo de animal sin el permiso o habilitación que correspondiere y por realizarlo en la vía pública.

f) Por maltrato, abandono, molestias a los vecinos, etc.

g) Y cualquier inobservancia a la presente Ordenanza y a la Ley 8056/73, Decreto Reglamentario 4669/73.